Para agilizar las operaciones en medio de las restricciones que trae la pandemia del coronavirus, la AFIP decidió eximir a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta el día 30 de junio de 2020, inclusive.
AFIP eximió a los contribuyentes de registrar sus datos biométricos
Se busca facilitar los trámites que requieran esa información. Adicionalmente, el organismo conducido por Marcó del Pont postergó los plazos para informar reorganizaciones en sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.
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AFIP postergó plazos por las restricciones que trae la pandemia.
Según el comunicado publicado este jueves, la medida busca facilitar la realización de las operaciones digitales que requieran de esa información en el marco de la emergencia sanitaria.
La excepción prevista en la Resolución General 4699 releva en forma transitoria a los contribuyentes de la obligación de concurrir a las dependencias del organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont para registrar su foto, firma y huella dactilar.
Adicionalmente, AFIP dispuso un plazo adicional excepcional de 90 días corridos, que se suman a los 180 existentes, para aquellos contribuyentes que deban informar la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.
Atento a las medidas dispuestas para prevenir la propagación del coronavirus, la Resolución General 4700 extiende el plazo con el que cuentan las empresas para cumplir con el reporte de operaciones como fusiones, divisiones, o ventas y transferencias.
De acuerdo a lo informado, ambas resoluciones se publicarán próximamente en el Boletín Oficial.
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