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29 de mayo 2020 - 16:46

Confirmado: extienden hasta el 30 de junio el plazo para solicitar los créditos a tasa 0%

El Gobierno decidió prolongar el plazo para que monotributistas y autónomos puedan acceder a los créditos a tasa 0%.

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El Gobierno decidió prolongar hasta el 30 de junio el plazo, que vencía este viernes, para que monotributistas y autónomos puedan acceder a los créditos a tasa 0%, según confirmaron temprano fuentes oficiales a Ámbito y llegó la confirmación oficial en horas de la tarde.

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Los responsables al régimen simple del monotributistas y los responsables al régimen general de autónomos que cumplan con los requisitos adoptados por la Jefatura de Gabinete pueden solicitar un crédito a tasa cero hasta este viernes.

Mercedes Marcó del Pont, titular de la AFIP, indició que "los 500 mil Créditos a Tasa Cero tramitados suman más 50.200 millones de pesos que permitirán sostener los ingresos de monotributistas y autónomos afectados por la pandemia".

Además la funcionaria detalló que la decisión de extender los plazos tiene como objetivo "facilitar el acceso a los créditos a más 1 millón de contribuyentes que cumplen con los criterios de elegibilidad y que todavía no iniciaron el trámite".

Mediante un comunicado difundido esta tarde, la AFIP precisó que el monto al que puede acceder cada persona depende de la categoría en la que está inscripta y que el máximo previsto es de $150.000. También detallaron que el procedimiento en el sitio web para acceder a la medida ya fue iniciado por alrededor de 500 mil personas.

El paso a paso

Si no posee una deberá informar cuál es la entidad bancaria elegida para tramitar el crédito.

Al finalizar la carga de la información requerida por el sistema, los datos serán remitidos al BCRA para su correcta verificación. Si el procedimiento determina que la solicitud no puede avanzar, el sistema indicará al monotributista o autónomo los motivos por los cuales se deniega el crédito

Los requisitos para acceder al crédito desde el portal de AFIP:

Para solicitar el crédito las personas necesitan:

Es importante dejar claro que, la AFIP ordenará a las entidades bancarias sumar cada uno de los tramos desembolsados, el monto equivalente a la obligación mensual y normal impositiva, y destinarán esos recursos directamente al pago del vencimiento. Los contribuyentes en las cuales estén adheridos al débito automático del pago de su cuota mensual, deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad. Por otra parte, hay que recordar que Jefatura de Gabinete fija los criterios y es el Banco Central el que valida cada caso.

Recordemos los excluidos del programa ATP:

Quedan afuera del crédito a tasa cero:

cuadro chiesa tasa cero.jpg

Por último, las prohibiciones son que:

En cuanto a los autónomos responables al régimen general:

Es importante aclarar que No van a tener en cuenta para otorgar el crédito los siguientes puntos de los contribuyentes:

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