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20 de diciembre 2006 - 00:00

Desde hoy, comercios deben informar sobre "Ley del Redondeo" que favorece a consumidores

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Los comercios de todo el país tienen desde hoy un plazo de 30 días para exhibir carteles que informen sobre la vigencia de la "Ley del Redondeo", que establece que los vueltos menores a cinco centavos que no se puedan pagar deben ser contabilizados a favor del consumidor.

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Así lo dispone una modificación de la ley 22.802 (de Lealtad Comercial) que el Congreso Nacional sancionó a fines de noviembre pasado y que fue publicada hoy en el Boletín Oficial.

Uno de los artículos de esa norma establece que si surgen diferencias menores a los cinco centavos en el monto total a pagar y es "imposible" a los comerciantes dar el cambio exacto, esa diferencia "será siempre a favor del cliente".

Por ejemplo, si una llamada en un locutorio cuesta 78 centavos, deberá cobrar finalmente 75 y no 80 centavos.

Precisamente, los locutorios, los kioscos, los supermercados y los bazares son, entre otros, los lugares en donde suelen manejarse montos pequeños de dinero, que muchas veces ocasionan problemas entre el consumidor y el vendedor por el vuelto.

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