El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Después de un año y medio de estudio, los 14 jueces que integran esta cámara, llegaron a esta resolución con el fin de tener un único criterio al momento de emitir una sentencia sobre este tipo de casos. Lo hicieron, además, adecuándose a lo adoptado por la Corte Suprema de Justicia, que en varias oportunidades sostuvo que la capitalización de intereses sobre intereses era «equivalente al despojo del deudor» y que se vulneraban las garantías constitucionales, por lo que debía ser descalificada como acto jurisdiccional.
El mismo postulaba la aplicación de interés sobre interés para un deudor que se encuentra en mora en base a los fijados por los bancos públicos, referida a una tasa -corto plazo- menor que la que haría la banca tomada como referencia de esa tasa.
Dejá tu comentario