Diputados incluyó cambios y más gastos al Presupuesto
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Algunos de los artículos más curiosos establecen, por ejemplo, una partida de $ 10 millones destinada a obras de infraestructura en el Ferrocarril General Belgrano, manejado por el sindicato del sector, o la habilitación para construir un nuevo edificio para la Cámara de Diputados, con sobrantes del presupuesto legislativo, para sustituir los inmuebles que hoy se alquilan por falta de lugar en el Palacio y el Anexo.
El artículo 34 ratifica lo pedido por el Poder Ejecutivo. Se convalida la registración extrapresupuestaria por $16.183.544.262 destinada al reconocimiento de la «compensación a favor de entidades financieras y particulares de los efectos de la Pesificación Asimétrica».
Otra ayuda para los sindicatos se ratificó en el artículo 36 donde se establece que los excedentes del fondo solidario de obras sociales se aplicarán a programas especiales de la misma área.
También se encontró lugar, artículos 49 y 50, para establecer casi $ 9 millones destinados a cancelar deudas previsionales y por prestaciones con jueces, funcionarios y pensionados del Poder Judicial de la Nación.
Al mismo tiempo, los diputados ratificaron:
• Autorizar la contratación de obras, adquisición de bienes y servicios «cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero del año 2004» por un monto total de más de $ 4.000 millones, dentro de las que se incluyen $ 319 millones para la segunda fase de construcción de subterráneos en la Capital Federal.
• Dejar sin efecto la partida por $ 300 millones, pagadera en 6 cuotas, destinada a cancelar deudas del PAMI, ya que se modifica la dependencia de ese organismo del presupuesto nacional.
• Se destinan $ 2.415 millones para el programa de financiamiento ordenado de las deudas provinciales. El Ministerio de Economía podrá incorporar a ese programa las diferencias por los impuestos nacionales pagados con títulos públicos.
• A partir del 30 de junio de 2004 caducarán todos los derechos y prescribirá la posibilidad de iniciar juicios y reclamos contra cualquier organismo del Estado nacional por deudas originadas entre el 1 de abril de 1991 y el 31 de diciembre de 2001, salvo que se trate de deudas previsionales. Por lo tanto, operará de pleno derecho una extinción total de esas obligaciones del Estado.
Además, los procedimientos administrativos que se iniciaron por deudas del mismo período caducarán automáticamente si no existe movimiento en esos expedientes por un plazo de 60 días.
• Se renueva la prohibición de otorgar pensiones graciables, si no existe una baja de las ya otorgadas. Salvo en el caso de las pensiones por vejez, que vuelven a habilitarse. Todas las pensiones otorgadas por el Congreso o por la ANSeS no podrán superar la suma de $ 300, pero serán compatibles con otro ingreso siempre que el monto total no supere el equivalente a dos jubilaciones mínimas.
• Y se declara nuevamente el default, aunque por primera vez por ley: «Dispónese el diferimiento de los pagos de los servicios de la deuda pública del gobierno nacional, contraída originalmente con anterioridad al 31 de diciembre de 2001... hasta que el Poder Ejecutivo declare la finalización del proceso de reestructuración de la misma».




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