16 de abril 2002 - 00:00

Entes públicos depositarán en bancos oficiales

Los entes públicos bonaerenses no estatales creados por ley o decreto deberán depositar desde hoy sus fondos o valores en bancos oficiales que integren el sistema financiero de la provincia de Buenos Aires.

Esta obligación, que fue sancionada la semana pasada por la Legislatura provincial y promulgada hoy en el Boletín Oficial, alcanza a los Colegios y Cajas de Profesionales de la provincia, entre otros entes no estatales, que hasta la fecha podían depositar su fondos en entidades del sector privado.

La iniciativa, que fue impulsada por el Poder Ejecutivo bonaerense, establece que "los entes públicos no estatales creados por ley o decreto ley de la provincia de Buenos Aires, deberán depositar o invertir la totalidad de los fondos y/o valores y/o depósitos de que dispongan, en cuentas a la vista y/o a plazo y/o en custodia en Bancos Oficiales integrantes del sistema financiero de la provincia de Buenos Aires".

En los fundamentos de la norma, el gobernador Felipe Solá explicó que si bien estos entes no integran la estructura estatal ni pertenecen a la administración pública "están regulados por normas de derecho público y han sido creados por ley, gozando de ciertas prerrogativas del poder público al ejercer una función propia del Estado".

Precisó que "se trata de corporaciones públicas creadas compulsivamente por la Ley, que en general determinan la integración imperativa de un específico sector profesional delegando la dirección del ente en los asociados".

"La naturaleza pública de las normas que regulan este tipo de entes justifica plenamente que el Estado someta su desenvolvimiento a ciertos condicionamientos que tienen que ver con su carácter de personas colectivas que ejercen funciones por delegación expresa del legislador", fundamentó el gobernador.

Agregó que el capital de estos entes o los recursos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos "provienen principalmente de aportes directos o indirectos realizados por las personas afiliadas o incorporadas a ellas obligatoriamente en virtud de leyes".

Según explicaron voceros legislativos, a partir de esta norma, los entes podrán depositar sus fondos sólo en el Banco Provincia de Buenos Aires o el Municipal de La Plata.
 

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