En ese período las partes podrán pactar la modalidad de devolución. De no llegarse a un acuerdo en ese lapso, el titular del depósito Una vez acreditada esa situación la cartera económica deberá correr vista a la Comisión Bicameral (creada a este efecto) y podrá pedir informe a las entidades financieras, tienen que responder dentro de los 15 días hábiles, sobre los motivos del incumplimiento.
Dejá tu comentario