La presidente Cristina Fernández de Kirchner firmó en la Casa de Gobierno un acuerdo de precios con laboratorios medicinales para bajar 30% el costo de 600 medicamentos.
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El acuerdo, que tendrá vigencia hasta el 1ro. de julio de 2010, contempla "una bonificación especial sobre el precio de venta al público (rebaja de precios) del 30 por ciento" de determinados medicamentos o principios activos entre los que se encuentran la loratadina, amoxicilina, ácido fólico, ibuprofeno, diclofenac, acido actisalifílico, dioxido de aluminio y sulfato de hierro, entre otros.
"Esto tiene que ver con la generación de trabajo y el mejoramiento de la calidad de vida. Voy a proponer que coloquemos estos 600 productos con sus precios en Internet y que en cada farmacia haya un vademécum para que todos tengan el derecho de conocer los precios", dijo la presidente.
Además, Cristina pido que "todos controlemos que se lleve a cabo este descuento".
Por otra parte, sostuvo que "antes del próximo invierno tendremos 8 millones de dosis de vacunas de Gripe A" y agregó que "sueño con poder fabricarla en el país". Actualmente hay 1 millón de dosis.
Además, la Cámara de Senadores convirtió en Ley un proyecto por el cual se establece que el expendio de medicamentos de los denominados de venta libre, como antiácidos, digestivos y analgésicos, entre otros productos, deberán ser dispensados solamente en farmacias y no ya en supermercados, kioscos y almacenes.
El proyecto sustituye el artículo 1 de la Ley 17565 al afirmar que la "preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas".
"Los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio", resalta el primer artículo de la norma.
Además, el proyecto se reserva la potestad para que el Ministerio de Salud pueda disponer la incorporación de otro tipo de productos al presente régimen.
Asimismo, incluye que la venta de medicamentos fuera de las farmacias "se considera ejercicio ilegal de la farmacia y, sin perjuicio de las sanciones establecidas por la Ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal".
Por último, el proyecto también modifica el artículo 2 de la Ley 17565 agregándole que las autoridades sanitarias podrán autorizar "a título precario, en zonas donde no actúen farmacéuticos, el establecimiento de botiquines de medicamentos, debiendo determinar las condiciones administrativas e higiénico-sanitarias de los mismos".
En ese sentido, la norma aplica que los programas nacionales, provinciales, municipales o comunales destinados a la provisión de medicamentos o productos farmacéuticos "deben contar con la supervisión de farmacéuticos conforme lo regule la autoridad jurisdiccional competente".
Por último, el proyecto deroga también los artículos 14 y 15 del decreto 2284/91 que autorizaba la venta de medicina y productos farmacéuticos de venta libre en establecimientos que no sean farmacias.
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