29 de abril 2026 - 08:23

Comercio exterior: habilitan nueva herramienta para importadores que permitirá conocer de antemano el origen y tratamiento de mercaderías

La medida de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa fija plazos y procedimientos para consultas vinculantes antes del ingreso de mercaderías.

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El Gobierno aprobó el procedimiento para emitir resoluciones anticipadas en materia de origen de mercaderías, una herramienta que permitirá a importadores conocer de antemano el tratamiento que tendrán sus productos al momento de ingresar al país.

La medida fue oficializada mediante la resolución 26/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente del Ministerio de Economía, y establece el marco operativo para la aplicación de este mecanismo previsto en el Código Aduanero y en acuerdos internacionales.

Según la normativa, la resolución anticipada constituye un acto administrativo vinculante que se emite a pedido del interesado antes de concretar la importación, y define el origen de la mercadería y el tratamiento que recibirá, siempre que se mantengan las condiciones declaradas.

El nuevo esquema se enmarca en compromisos asumidos por la Argentina ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el MERCOSUR, que obligan a los países a brindar mayor previsibilidad en las operaciones comerciales mediante este tipo de instrumentos.

La reglamentación fija que las solicitudes deberán realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y que la autoridad competente contará con un plazo máximo de 30 días para emitir una respuesta, una vez completada la evaluación técnica correspondiente.

El procedimiento estará a cargo de la Subsecretaría de Comercio Exterior, que tendrá la facultad de dictar la resolución, mientras que la Dirección de Importaciones será responsable del análisis técnico de cada caso.

La norma también establece que la información presentada tendrá carácter de declaración jurada y prevé sanciones en caso de falsedad u omisión, además de resguardar la confidencialidad de los datos sensibles aportados por los solicitantes.

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En cuanto a su alcance, la resolución anticipada podrá aplicarse tanto a mercaderías con origen preferencial como no preferencial, en función de los acuerdos comerciales vigentes. En el caso de productos alcanzados por investigaciones o medidas de defensa comercial, también podrán tramitar este tipo de consulta.

Una vez emitida, la resolución tendrá una vigencia de tres años y será válida exclusivamente para su titular. Además, permitirá cumplir con ciertos requisitos de acreditación de origen en operaciones de comercio exterior, aunque no eximirá de presentar la documentación exigida en acuerdos internacionales cuando corresponda.

La normativa dispone que las resoluciones serán comunicadas a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a través del sistema de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, para su validación en los procesos de importación.

Entre los principios que rigen el sistema, se destacan la celeridad, la simplificación de trámites y la seguridad jurídica, con el objetivo de facilitar el comercio y otorgar mayor previsibilidad a los operadores.

La medida entrará en vigencia el 1° de mayo de 2026.

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