7 de enero 2002 - 00:00

Gobierno prepara nueva ley para corregir errores

El Poder Ejecutivo ya tendría decidido el envío al Congreso, entre mañana y pasado, de un segundo proyecto de ley para complementar la Emergencia Pública y Reforma del Régimen cambiario que el Congreso convirtió en ley durante el fin de semana. Allí se incluirá un tratamiento especial para los procesos de quiebras de empresas con suspensión de los plazos y un nuevo esquema para la negociación con los acreedores -donde se incluiría la posibilidad de realizar ofertas de conciliación deudas por separado-en los casos de concursos preventivos. Esta iniciativa, en realidad, es una continuación de un proyecto ya sancionado en la Cámara de Diputados y que fuera presentado por el entonces diputado peronista Oscar Lamberto, ahora nuevo secretario de Hacienda. El proyecto de ley a ingresar podría ser utilizado para contemplar una infinidad de contratos y deudas dolarizadas que se verían perjudicadas por la devaluación en los casos que fueron contraídas entre particulares por fuera del sistema financiero.

La mayoría de las modificaciones que se espera poder incluir en el futuro debate en el Congreso cubrirían algunos pedidos que senadores y diputados hicieron durante la sesión y que no fueron aceptados por la premura en sancionar el proyecto cuanto antes.

Por ejemplo, entre las deudas en dólares tomadas con el sector financiero no fue contemplado el caso de la compra de terrenos, que de acuerdo al texto de la ley quedarían fuera de la pesificación y por lo tanto se mantendrían en dólares. Ayer, Jorge Todesca, viceministro de Economía, aclaró que estos casos serían comtemplados y quedarían adentro de la pesificación hasta el límite de u$s 100 mil dólares
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•Deudas particulares

El punto central de los temas pendientes es la situación de los deudores en dólares por contratos celebrados entre particulares. En este caso se hizo una diferencia con los préstamos tomados en el sector financiero. En algunos casos la discriminación abarca a situaciones de préstamos similares realizados dentro y fuera del sector financiero.

El problema fue encuadrado en realidad dentro de un artículo de la ley que estaba destinado a la renegociación de alquileres y contratos en dólares, pero que no alcanza a solucionar los inconvenientes de quienes tienen deudas de capital de dólares. Allí se establece que quienes tengan contratos en dólares sometidos al derecho privado, podrán cancelar las obligaciones a una paridad de un peso un dólar durante 180 días, plazo en el cual deberán ser renegociadas entre acreedor y deudor, pudiendo acudir en caso de no llegar a un acuerdo a la conciliación judicial. Los pagos hechos durante ese período se tomarán a cuenta de la liquidación final que se realice cuando se reestructuren las deudas.

Para el caso de las prestaciones como alquileres el sistema ideado por el gobierno puede funcionar, pero no para quienes mantengan deudas de capital. En esos casos, si se producen modificaciones en el tipo de cambio en el mercado libre, el deudor a los 180 días deberá soportar toda la carga de la devaluación, si no acuerda con el acreedor de buena voluntad -algo que suena dificultoso-una reestructuración de sus deudas y la consiguiente pesificación.
Dentro de esa lista quedaron pendientes de solución desde las operaciones hipotecarias sobre viviendas contratadas en inmobiliarias o escribanías, las líneas propias de financiación que ofrecieron hasta hace poco las empresas de construcción -en esa lista están algunas de las más grandes-, los préstamos de mutuales y cooperativas o hasta la financiación en dólares de automotores realizadas por las concesionarias fuera del sistema financiero.

Durante el debate de la ley en Diputados se le planteó la cuestión al peronista Jorge Matzkin, como miembro informante, reconoció que la solución debería incluirse en otro proyecto, ya que el Congreso hasta ese momento no podía avanzar por no contar con datos claros sobre el volumen de estas operaciones. Por las mismas causas serían perjudicadas por algunas operaciones en dólares realizadas en el sector agropecuario entre particulares, por ejemplo, los warrants o la hipoteca agropecuaria.

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