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26 de diciembre 2007 - 00:00

Gobierno promulgó la ley que incluye tickets al salario

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Héctor Recalde
La ley que establece el carácter remunerativo de los tickets entró en vigencia este lunes a partir de su publicación en el Boletín Oficial y comenzará a tener efecto de forma escalonada con los sueldos de enero.

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Se trata de la Ley 26.341 sancionada por el Congreso el 12 de diciembre, luego de que el tratamiento de la norma se acelerara gracias al escándalo que desencadenó la denuncia del diputado moyanista Héctor Recalde, por los intentos de soborno provenientes de directivos de las empresas que comercializan estos tickets para frenar la sanción de la norma. El resultado fue que diez días después de la denuncia, el Ejecutivo terminó promulgando la ley, casi sin debate.

  • Sentido

  • En concreto, la normativa establece el carácter remunerativo de los vales de comida que comenzará a incorporarse a los sueldos «de manera escalonada y progresiva», según lo señala la reglamentación.

    De esta manera, con los sueldos de febrero, el empleador deberá incorporar al salario del trabajador 10% del valor que se gane en vales. Este procedimiento se repetirá en forma escalonada cada dos meses, entonces, en 20 meses los vales almuerzo estarán completamente incorporados al salario.

    Además, las sumas incorporadas a la remuneración del trabajador serán incrementadas «en un monto equivalente al que corresponda en concepto de aportes a cargo del trabajador».

    Por otro lado, con la sanción de esta ley se pierde en parte el sentido que tenían los tickets para las empresas, ya que con ellos se le pagaba al empleado una parte de su sueldo que no se tenía en cuenta para calcular los aportes previsionales. Al hacerlos remunerativos, los vales almuerzo, los alimentarios y para combustible pierden dicho sentido, y con él, el negocio que tenían las empresas de tickets en la Argentina.

  • Destino

    En su artículo cuarto, la norma señala que los aportes serán los que están previstos por la legislación nacional con destino a los sistemas de Seguridad Social y Obras Sociales, así como al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

    El artículo quinto, establece que la incorporación a los sueldos de los vales «no podrá implicar para el trabajador una reducción del valor recibido en esas prestaciones hasta antes de la entrada en vigencia de esta normativa».

    El decreto de promulgación de la ley, que modifica las normativas anteriores, números 20.744 y 20.700, fue rubricado por Cristina de Kirchner, el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y el ministro de Trabajo, Carlos Tomada.
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