12 de agosto 2020 - 00:00

Habilita la AFIP desde hoy los créditos a tasa subsidiada para empresas

La AFIP habilitó la línea de créditos para asistir a las empresas en el pago de salarios, que forman parte de la nueva versión del programa ATP. Según informó el organismo, la medida comenzará a regir desde hoy, con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 4792 que habilita la línea de créditos.

Se trata de préstamos a tasa subsidiada que estarán disponibles para aquellos empleadores con una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 30%. Si bien la tasa será fija, tendrá distintos niveles: será de 0% si la facturación tuvo una variación positiva de entre 0% y 10%; del 7,5% si subió entre 10% y 20% y del 15% si superó entre un 20% y un 30% en relación interanual de junio de 2020 versus 2019.

“Más de 75.000 empresas están en condiciones de solicitar un crédito para el pago de los salarios. Aquellas firmas que registraron una variación nominal negativa en su facturación entre los meses junio de 2020 y 2019 ya fueron notificadas del acceso al salario complementario”, indicó la AFIP en un comunicado.

Como en los anteriores ATP, los empleadores deberán iniciar la solicitud a través del sitio web de la AFIP y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada. Las empresas tienen tiempo hasta el martes 18 de agosto, inclusive. El organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite para acceder al financiamiento.

Estos créditos serán destinados a pagar los salarios de los trabajadores de las empresas beneficiadas, por lo cual el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de los empleados.

La normativa de la AFIP establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.

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