La Corte ordenó devolver los depósitos a $ 3,08 por dólar
• Tardó cinco años la Corte Suprema en emitir un fallo sobre la pesificación de los depósitos que ponga fin a la incertidumbre y las demandas de los ahorristas • Como con todos los dilemas que entrañan un costo político se confió al tiempo que, aunque sea por resignación, cierren algunas heridas • Lo sustancial del fallo: ordenó a los bancos restituir depósitos pesificados según la fórmula de $ 1,40 más CER (inflación minorista) más un 4% adicional • Es una ecuación elaborada «a medida» para llegar al tipo de cambio de $ 3,08 • Es decir, el que regía mientras los magistrados redactaban el fallo • Como Eduardo Duhalde, ellos también quisieron decir: «Quien depositó dólares recibirá dólares» • Si mientras se ejecuta esta sentencia, la divisa se dispara o la inflación trepa, el deterioro del valor de los depósitos será responsabilidad de la política monetaria del gobierno • Los magistrados se mostraron tan sensibles al humor popular que uno de ellos el martes se detuvo en la vereda a explicar «in voce» la decisión a los ahorristas que merodeaban Tribunales • Pero la Corte se preocupó, además, por salvar la ropa de Duhalde y de Néstor Kirchner, admitiendo que la pesificación no fue inconstitucional, es decir, que no atentó contra la propiedad de los depositantes • Aunque, si se tiene en cuenta el rendimiento del dinero en Estados Unidos, ellos hayan perdido alrededor de 30% del valor de sus ahorros • Sólo se beneficiarán quienes efectuaron amparos y mantienen causas abiertas • Y los bancos no podrán reclamar por amparos ya pagados • Una salida de compromiso, para el año electoral y para estrenar la nueva mayoría judicial dispuesta por Cristina Kirchner • Demasiado poco para resolver una de las medidas más impiadosas que los ciudadanos debieron tolerar del Estado argentino en las últimas décadas.
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En defensa de las medidas adoptadas durante la crisis económica, el fallo defiende la fijación del valor de la moneda, reafirmando el principio de la «soberanía monetaria».
La sentencia firmada por los ministros Carlos Fayt, Elena Highton, Carmen Argibay, Eugenio Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti, dispone que:
Con esta decisión el máximo Tribunal le puso un fin legal a los 50.000 planteos iniciadoscontra las medidas económicas dispuestas durante el gobierno de Duhalde.
La discusión sobre la pesificación estaba trabada desde hace dos años (en octubre de 2004 se dictó el fallo Bustos) porque no se lograba reunir las cinco firmas necesarias para alcanzar la mayoría en una Corte de nueve miembros.
El problema comenzó a solucionarse cuando Cristina Kirchner alentó y logró que el Congreso, ley mediante, redujera a 5 el número de integrantes del tribunal y achicara a cuatro la mayoría requerida para fallar.
Aunque ayer la Corte podía fallar con cuatro miembros, el Tribunal reunió el voto de cinco jueces. No votaron en esta ocasión el presidente saliente Enrique Petracchi (estaba excusado) y, llamativamente, tampoco lo hizo Juan Carlos Maqueda. Asesores del magistrado justificaron la ausencia en razón de que se discutía una cuestión aritmética y no una cuestión constitucional.
La reunión de los jueces supremos estuvo «custodiada» por un reducido grupo de ahorristas que montó una vigilia en la puerta del Palacio de Justicia, sobre la calle Talcahuano al 500.
Los ministros debatieron largamente la cuestión y luego de un prolongado cuarto intermedio llegaron a una solución coincidente, a pesar de opinar de modo diferente sobre muchos aspectos.
«La finalidad de la sentencia es buscar la paz social y mostrar que es posible un consenso sobre cuestiones tan difíciles que preocupan a la comunidad», señalaron los jueces concluido el cónclave.
Todos coincidieron en que no hay redolarización, porque obligan a pagar en pesos. En tal sentido los jueces Zaffaroni, Highton y Lorenzetti dijeron que la regla general de la pesificación dispuesta durante la emergencia es constitucional y se remitieron a la sentencia «Bustos» donde se lo convalidó.
Según los jueces, el fallo protege el derecho de propiedad del ahorrista. Interpretan que esa defensa quedó consagrada al coincidir 100% del valor del depósito en dólares con el cálculo de la conversióna 1,40 más el CER, más una tasa de interés a 4%. Es decir, consideran que «no hay lesión».
En un voto propio la jueza Argibay sostuvo que la Ley 25.561 de pesificación es constitucional, porque mantuvo el valor de 100% del depósito. En cambio, manifestó expresamente que el Decreto 214/02 es inconstitucional porque disminuía el valor del depósito. No obstante apoyó la solución propuesta por la mayoría de sus colegas.
Por su parte, el veterano juez Fayt adhirió a la idea de que se debe pagar en pesos y proteger la propiedad de los ahorristas. Lo hace con otros fundamentos, pero llega a la misma conclusión.
En tanto Lorenzetti manifestó que la jurisprudencia de la Corte durante setenta años «ha sido excesivamente tolerante con la emergencia económica».
Que la legislación promulgada en los años 2001 y 2002 ha tenido como base precedentes de esta propia Corte en anteriores composiciones y que afectaría la seguridad jurídica cambiarlos retroactivamente.
Afirma además que «la emergencia reiterada trae más emergencia» y que sólo un control estricto debe ser el que encamine el país por una economía con instituciones estables. Que el contrato y la propiedad tienen rango constitucional y deben ser protegidos por la Corte como tribunal de garantías constitucionales.
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