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Hasta ahora, en el caso de las distribuidoras eléctricas que dependen del Estado nacional -Edenor, Edesur y Edelap-y de algunas provinciales que adoptaron similares criterios al privatizar, Informate más
Ahora, la Corte dijo que corresponde a la Justicia expedirse si un usuario demanda a la distribuidora, o sea, que el proceso no se agota con la eventual multa del ENRE, y que además no hay límite predeterminado para la indemnización que puede fijar la Justicia, dependiendo de cada caso y del daño ocurrido.
El caso Estrada contra Edesur es anterior al apagón de febrero de 1999. En esa oportunidad, la extensión en cantidad de usuarios y en tiempo de corte del apagón dio lugar a una multa extraordinaria por parte del ENRE, que se canalizó a los consumidores mediante descuentos en las facturas según la cantidad de horas sin luz.
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