| El contenido del decreto por el cual la Alianza lanzó su tercer ajuste impositivo, terminó incluyendo a más sectores de los que había anunciado el viernes pasado Domingo Cavallo, con lo cual el contenido es mayor. Hay más actividades gravadas (fundamentalmente artísticas), además de las ya conocidas como la aplicación de IVA al valor de tapa de diarios, revistas y publicaciones periódicas, las entradas a espectáculos deportivos, artísticos, culturales, científicos y cinematográficos y la producción de películas. Esto se suma a la decisión de gravar con ganancias a la compraventa de acciones de empresas que no coticen en Bolsa. Si bien inicialmente Cavallo estableció la aplicación de IVA a la entrada de todo tipo de espectáculos públicos, incluidos fútbol, cine y teatro, al día siguiente de dar a conocer la medida, el ministro se retractó, aunque parcialmente y por la existencia de una legislación previa y no precisamente por una reflexión ministerial. Es que existe una recién votada Ley del Teatro que establece un tratamiento diferencial en el IVA sobre esa actividad teatral. Pero a pesar de esa declaración quedó en firme otra disposición que grava los servicios personales de quienes trabajan en teatro, radio, televisión, espectáculos de circo e incluso programas científicos. Es que se eliminó también la exención a IVA para los servicios de conductores, actores, locutores y libretistas en radio, televisión u otros medios. Por lo pronto el decreto firmado por Fernando de la Rúa, que instrumenta los cambios en impuestos anunciados por Cavallo el viernes pasado, tiene una mayoría de puntos que se ajustan a las facultades especiales que el Congreso le otorgó al gobierno -de hecho en la fundamentación se explica la firma por esa ley-, pero existen otras disposiciones que pueden traer conflictos. Es el caso de la alícuota que se aplicará a la medicina prepaga y al abono de la televisión por cable y satelital. Existen también quienes califican de inconstitucional la derogación de las exenciones a IVA y Ganancias, como en los casos de aplicar el impuesto al valor de tapa de los diarios y revistas, como el caso de Héctor Massnata. En cuanto a la medicina prepaga y los canales de cable las quejas se centran en acusar a Cavallo de utilizar con demasiada amplitud los poderes especiales delegados por el Congreso. Una corriente entre los que se encuentra el vicepresidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el peronista Oscar Lamberto, sostiene que el ministro sólo esta autorizado a derogar exenciones o bajar impuestos. Bajo esa mirada entonces no podría avanzar en aumentar una alícuota especial establecida por ley como es el caso de la medicina, 10,5%, o los cables 13%. "El gobierno de la Alianza lleva 16 meses. Durante ese lapso vivimos el impuestazo de José Luis Machinea, la suba en Ganancias, en Bienes Personales, los cambios en la Ley de Procedimiento Fiscal, se bajó el sueldo de los empleados, se puso tope al gasto en las provincias, hubo un decreto modificando la PBU, se votó el impuesto al cheque, ahora se generaliza el IVA a bienes de consumo y le baja a bienes de capital. En todo este proceso la recaudación no aumentó. No sería necesario pensar que la gente no puede pagar más", dijo Lamberto. |
| Veto Pero existen otros, como el radical Raúl Baglini, presidente de la misma comisión que sostiene que, si bien la cuestión puede llegar a la Corte Suprema, "quien puede lo más puede lo menos", dijo el mendocino. "Por lo tanto si el Ejecutivo se encuentra autorizado a derogar exenciones, bien puede subir al nivel general de IVA, 21%; a la tasa sobre medicina y televisión por cable". Sea como fuere, la pelea promete ser tan complicada como cuando Roque Fernández, reinterpretó mediante un veto un artículo de la reforma impositiva de noviembre de 1998 y fijó un nivel de IVA de 21% para la medicina prepaga. En cuanto a los cambios en Ganancias, el más importante es el que grava a la compraventa de acciones, títulos y bonos, siempre que esas acciones no correspondan a empresas que cotizan en Bolsas. Durante el fin de semana Cavallo intentó justificar esta medida en que no se pretende gravar la operación bursátil, sino la compra y venta de grandes paquetes de acciones cuando se transfiere la propiedad o el control de una empresa. Por otro lado el ministro aclaró que se intentaba, también, impulsar el ingreso a cotización en Bolsas de las empresas, disponiendo una exención en Ganancias para los inversores de las que lo hagan. En realidad, Cavallo parece no conocer los costos económicos y legales que tienen las empresas para acceder a un panel de cotización, lo que hace imposible. Además pensar que en la Argentina de hoy una pequeña o mediana empresa puede llegar a pensar en cotizar en forma abierta, directamente es una utopía. |




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