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En particular, los nuevos bonos establecen el siguiente esquema, en caso de que en el futuro haya una nueva reestructuración de la deuda, si el gobierno llega a un acuerdo de nuevos términos de pago con 75% de los acreedores.
Por ello se utilizan ofertas de canje que para implementarse no requieren esos porcentajes sino menores, principalmente aquellos que las partes voluntariamente determinen.Es práctica usual en las reestructuraciones soberanas y de empresas que se acuerden pisos de 80%. Las ofertas de canje, además, vienen acompañadas de otras cláusulas problemáticas: las de consentimiento de salida. Mediante éstas, se cambian las cláusulas de los bonos en default originales buscando incentivar la participación de sus tenedores en la reestructuración. Así, se ordena que dejen de cotizar en bolsas, se les cambia la jurisdicción legal (en lugar de Nueva York, Buenos Aires) y otras disposiciones que empeoran las condiciones de los papeles en default para que los bonistas emigren a los nuevos. Estas cláusulas se pueden modificar mediante los porcentajes arriba indicados, aunque generan una fuerte controversia judicial, no resuelta de cara al canje argentino.
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