Tras la firma del decreto presidencial que dispone el canje de deuda de provincias, quedó establecido que la principal garantía que tendrán los títulos a emitir serán los recursos de coparticipación federal.
Un trabajo de la consultora Economía & Regiones indica que al pesificar a $ 1,4 por dólar y aplicar el CER,
Esto significa también que los tenedores de los bonos elegibles para el canje verán modificar las garantías de estos títulos, lo cual, según los casos,
El título en pesos que saldrá del canje tendrá como fecha de emisión el 4 de febrero de 2002, será a 16 años y con tres años de gracia para el pago de capital, con una tasa anual de 2 por ciento. Los intereses se pagarán mensualmente, pero se capitalizarán hasta el 4 de setiembre de 2002 y el primer vencimiento será en octubre del mismo año.
Además de la garantía de hasta 15 por ciento de la coparticipación, los bonos tendrán una garantía subsidiaria del Estado nacional, con los siguientes recursos: el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuenta Corriente Bancaria, y todos los demás recursos del régimen de coparticipación federal de impuestos correspondientes a Nación (excluidos los recursos de seguridad social), por hasta la suma que resulte necesaria para la cobertura de los servicios de los bonos garantizados.
Asimismo, el Decreto 1.579 que reglamenta el canje dispone que las jurisdicciones deudoras deberán compensar a Nación las garantías ejecutadas, para lo cual podrían darse dos posibilidades: si Nación no mantiene deudas exigibles con la provincia, se buscarán mecanismos de pago acordes con su situación presupuestaria y financiera; si Nación mantiene saldos adeudados a la jurisdicción, podrá compensar el monto por los servicios pagados. En este último caso, podría suceder que se compensen los saldos con las obligaciones emergentes de deudas, por ejemplo, por recursos de coparticipación no transferidos hasta el momento.
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