29 de abril 2002 - 00:00

Postergaron un mes factura de crédito

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso prorrogar hasta el viernes 3 de mayo todos los vencimientos impositivos vencidos la semana pasada, mientras que se retrasará por 30 días el comienzo del régimen de Factura de Crédito. Además, y dentro de este sistema, la AFIP estudia que la obligación para utilizar este instrumento sea ampliada para las operaciones que se realicen a un plazo mayor de 21 o 30 días, en lugar de los 15 días que figuran en la reglamentación oficial. En los dos casos, la justificación plena para ambas decisiones se basa en la severa crisis política y económica de la semana pasada, que impidió que se pudieran liquidar impuestos al haber feriado bancario y terminar de reglamentar el sistema de Factura de Crédito.

A partir de la Resolución General 1.268, los vencimientos fijados entre el viernes 19 y el viernes 26 de abril que no pudieron cumplirse por los feriados bancarios y cambiarios se considerarán como cumplidos si los contribuyentes los liquidan antes del viernes 3 de mayo.
Los problemas se dieron fundamentalmente en los pagos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ganancia Mínima Presunta, combustibles y las retenciones a las exportaciones para los embarques realizados la semana pasada, todos tributos que debieron liquidarse antes del viernes pasado y que, en teoría, deberían cumplirse entre hoy y mañana. Sin embargo, difícilmente pueda compensar la brusca baja que registra la recaudación que, como adelantó Ambito Financiero, podría superar 20%.

• Otra decisión

Donde no habrá recuperación es en los ingresos por el tributo a los débitos y créditos bancarios (impuesto al cheque), ya que se liquida diariamente con las operaciones financieras.

Otra decisión que deberá tomar la AFIP entre hoy y mañana es la prórroga del comienzo del sistema de Factura de Crédito, que debería comenzar desde el jueves 2 de mayo (primer día hábil),
pero que tendrá un corrimiento, ya que, debido a la crisis de la semana pasada, aún no se terminó de reglamentar el régimen.

Ahora el régimen de Factura de Crédito comenzará aplicarse desde el lunes 3 de junio, primer día hábil del mes próximo.
El titular de la AFIP, Alberto Abad, aclaró, además, en una reunión con comerciantes, que no habrá cambios en la condición de obligatoriedad del régimen. En este sentido, todas las grandes empresas deberían trabajar con este instrumento con sus proveedores. De todas formas, podría haber un cambio fundamental en la forma de aplicarse el régimen. En lugar de convertirse en obligatoria para los casos de operaciones a más de 15 días de plazo, ese período podría ampliarse a 20 o 30 días.

Según la norma, los vendedores deberán emitir una factura de crédito en todas las operaciones superiores a los 15 días (hasta ahora, es el plazo oficial), contra la cual los compradores podrán emitir un remito que le servirá al vendedor para acceder a créditos entregando el instrumento a un banco como garantía de pago. La entidad financiera adelantaría el efectivo a la empresa -que conseguiría una tasa similar a la que logra el comprador en ese banco- y se encargará del cobro de la factura. Este régimen estaba pensado como una forma de que las PyMEs accedan a préstamos bancarios de corto plazo a tasas mucho más bajas. Por ejemplo, beneficia a las PyMEs que le venden a un supermercado, ya que podrían financiarse a tasas similares a las que obtienen las grandes cadenas.

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