La Secretaría de Comercio Interior y la Superintendencia de Servicios de Salud informaron ayer la creación de una comisión de trabajo que en el término de 60 días fijará la lista de las enfermedades crónicas y las patologías que quedarán exceptuadas del nuevo régimen de pagos adicionales (copagos).
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Desde ambos organismos reiteraron que «queremos poner en conocimiento de los beneficiarios de contratos directos, de contratos corporativos y de prestaciones por seguridad social de la medicina prepaga, que se ha autorizado un aumento de 2% a partir del 2 de enero sobre los planes asistenciales».
Pero reconocieron que «dicho aumento implica la generalización del sistema de copagos» y que «para canjear las facturas que tengan un aumento mayor que dicho porcentaje, se recomienda a los beneficiarios acercarse a la sucursal de la empresa que corresponda, donde se le canjeará la factura y se le brindará la lista de precios de los copagos».
De esta manera, el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, reafirma que las prepagas no están autorizadas a aplicar incrementos en las cuotas de 23% promedio, como habían notificado.
Por su parte, las entidades defensoras de los consumidores pusieron en duda los planes superadores que ofrecen las empresas de medicinaprepaga para justificar el 23% de aumento en las cuotas y pusieron el acento en que la oferta se concentre en el tema de la salud.
«Esto de presentar servicios adicionales de gimnasia, seguros y turismo me parece que es una justificación del aumento de cuotas; yo lo que quiero son buenos planes médicos, con buenos profesionales y que no me saquen a los especialistas de la cartilla», dijo Sandra González de la Asociación de Consumidores y Usuarios (ADECUA), quien opinó que el únicoservicio adicional que se puede justificar es el de los subsidios por sepelio.
Por su parte, según Pedro Busseti, de Defensade Usuarios y Consumidores (DEUCO), las prepagas no han informado debidamente a los usuarios sobre las causas que las obligaron a aumentar sus cuotas, por lo que están incumpliendo el artículo cuarto de la Ley de Defensa del Consumidor que habla de dar información cierta y objetiva. «Las empresas notificaron del aumento con 60 días de anticipación, pero no cumplieron en dar información veraz, detallada y en forma objetiva que justifique las razones económicas del incremento», indicó.
En tanto, Ana María Luro, de ADELCO, dijo sobre los servicios adicionales ofrecidos por las prepagas: «No creo que sean para justificar aumentos, sino para que los asociados no se les vayan».
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