Cuatro sectores industriales serían los que en principio para el Ministerio de Economía deberían estar protegidos ante las importaciones Chinas: los textiles, calzados, juguetes y herramientas. Los ingresos de productos de estos cuatro rubros tendrían cupos por un lapso de cuatro años (eventualmente ocho). Sin embargo, la medida se aplicaría sólo después de la llegada del primer embarque desde China y luego de un proceso burocrático-legal de no menos de seis meses. Este será el marco en el cual desde el gobierno argentino se reglamentarán las salvaguardas para frenar el ingreso de productos chinos, luego de reconocerse el carácter de « economía de mercado» de ese país. Sólo con estas condiciones desde Economía y Cancillería se comenzará a redactar el nuevo decreto de aplicación de medidas de salvaguardas especialmente diseñadas para utilizar en el caso de las importaciones chinas. Antes de fin de año, debería estar culminado para que se cumplan los plazos impuestos luego de las reuniones de la semana pasada y que derivaron en los polémicos tratados firmados por los presidentes Néstor Kirchner y Hu Jintao.
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Los límites para aplicar salvaguardas son irreductibles y están reglamentados primariamente desde la Organización Mundial de Comercio (OMC). Si un país adhiere a las reglas de este organismo, no puede salirse de estas normas. En el caso de las salvaguardas, la OMC es concreta. Sólo se puede recurrir a este instrumento «cuando las importaciones de un producto han aumentado en tal cantidad que causan o amenazan causar daño a una rama de producción nacional». Además, las importaciones en cuestión, en este caso de China, deben determinar más de 9% del total del sector perjudicado. Antes de llegar a las salvaguardas, la OMC recomienda, pero no obliga, efectuar negociaciones bilaterales a través de las cuales el país exportador autolimite el volumen de envíos. Se supone que por las buenas relaciones que existen entre la Argentina y China, se podría utilizar este mecanismo que reduciría el riesgo si se crean relaciones aceitadas. Si esto no ocurre, el gobierno de Kirchner ya sabe que recurrirá a las salvaguardas.
Para que la OMC acepte una salvaguarda, el país que la aplique debe haber instrumentado una investigación seria cuyo resultado justifique el «daño grave» a un sector industrial completo (no sólo a una empresa, sino a todo el sector).
Es sobre este período de «investigación» que Economía quiere trabajar, acelerando el proceso que actualmente está en vigencia y que parte del Decreto 1.059 reglamentado en 1996. Este, en teoría, apuntaba a frenar algunas importaciones de Brasil ( paradójicamente también textiles y calzados) sin mucho éxito.
En esa norma se impone que un sector que se sienta perjudicado debe hacer primero una presentación ante la Secretaría de Industria. Oficialmente, hay 10 días hasta que esa oficina acepte que se abra o no la investigación. Si efectivamente se determina que podría existir un «daño grave», la Secretaría de Industria demora 50 días corridos en elevar un primer informe sobre el tema, y luego habrá otros 20 días donde se le da al importador un plazo de apelación. Sólo en ese momento, 80 días después de comenzado el proceso, se abre la investigación. El comité que realice esta tarea tiene un plazo máximo de 200 días, y si determina que efectivamente existe el daño, debe enviar los datos a la OMC que a su vez puede tomarse otros 60 días para aprobar la sanción.
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