16 de agosto 2002 - 00:00

"Reestructurar la deuda privada llevará 5 años"

Reestructurar la deuda privada llevará 5 años
"El proceso de reestructuración de las deudas privadas durará por lo menos cinco años", estimó Juan Cambiaso, abogado de empresas y bancos. El gran desbarajuste que provocaron la devaluación, la pesificación y el default sobre los pasivos privados se asemeja a un campo minado donde habrá que ir a paso lento para hacer el menor daño posible.

El pronóstico de Cambiaso se basa en la experiencia internacional de las últimas décadas y a modo de anécdota, recuerda que en el crack del '29 en los Estados Unidos se decidió suspender la ley de quiebras, para enfrentar el megaproceso de millonarios quebrantos.

«Es tan intrincada la madeja de contratos entre empresas y entre bancos, que hay que esperar un largo proceso de renegociaciones continuas, que llevará por lo menos cinco años hasta que la economía muestre alguna reacción y se vayan solucionando los conflictos en forma sostenible»,
agregó.

Cambiaso
, quien es socio y futuro presidente del estudio Marval, O'Farrell & Mairal, participa en varias negociaciones patrocinando a empresas y bancos locales e internacionales.

Principios

En todas estas mesas y clubes de acreedores él no se aparta de ocho principios internacionalmente aceptados, al estilo de los diez mandamientos de Moisés, para los casos de reestructuraciones de deuda con varios acreedores.

La experiencia de los últimos treinta años muestra que las entidades financieras reconocen que como acreedores pueden alcanzar mejores resultados si apoyan el rescate rápido y ordenado de una empresa en dificultades financieras, que si la obligan a declararse en quiebra.
Así lo explica un documento de la Federación Internacional de Profesionales de Gestión de Insolvencia (INSOL International), que destaca que «las ventajas de una respuesta coordinada de los acreedores se han hecho evidentes especialmente en períodos de recesión», por sus graves consecuencias económicas y sociales.

En momentos en que miles de empresas y decenas de bancos se enfrentan unos con otros en pos de recuperar parte de sus devaluadas y pesificadas acreencias, resulta interesante conocer el submundo de los profesionales de «gestión de insolvencia». Precisamente fue la INSOL International que, tras cinco años de trabajo, elaboró los ocho mandamientos reflejados en la «Declaración de principios para un enfoque global de la reestructuración de deuda con varios acreedores».

«En realidad, estos principios deben tomarse como declaraciones de mejores prácticas para la reestructuración de deuda»
, advierte Cambiaso.
¿Cuáles son los principios de esta guía básica para la reorganización de empresas con problemas financieros?

Cuando un deudor se encuentra en dificultades financieras, todos los acreedores deben estar dispuestos a cooperar a fin de concederle tiempo suficiente, aunque limitado (Período de Espera) a fin de obtener y evaluar información sobre el deudor, y a fin de formular y evaluar propuestas para resolver las dificultades financieras del deudor.

Durante el Período de Espera, todos los acreedores deben convenir abstenerse de tomar medidas destinadas al recupero de sus créditos o a reducir su exposición ante el deudor, excepto mediante la venta de su crédito a un tercero.

Durante el Período de Espera, el deudor no deberá tomar ninguna medida que pudiera afectar el posible recupero de sus créditos por parte de los acreedores, ya sea en forma colectiva o individual en comparación con la posición de éstos al inicio del período.

4· Los intereses de los acreedores se verán beneficiados si éstos coordinan sus reacciones ante el deudor
. Para ello deberían elegir uno o más comités de coordinación y designar profesionales para asesorar y asistir a dichos comités.

Durante el Período de Espera, el deudor deberá conceder acceso razonable y oportuno a los acreedores y a sus asesores profesionales a toda la información relativa a sus activos, pasivos, operaciones y perspectivas futuras, a fin de permitir una adecuada evaluación de su situación financiera y de las propuestas.

Las propuestas para resolver las dificultades financieras del deudor, los acuerdos entre los acreedores, deberán reflejar la normativa aplicable y las posiciones relativas de los acreedores al inicio del período.

La información obtenida a efectos de este proceso con relación a los activos, pasivos y operaciones del deudor, así como las propuestas para resolver sus dificultades, deberán
ponerse a disposición de todos los acreedores y deberán tratarse en forma confidencial.

En caso de brindarse financiación adicional durante el Período de Espera, o en virtud de una propuesta de rescate o reestructuración, el reembolso de dicha financiación adicional deberá tener carácter prioritario con relación a los demás créditos.

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