La Cámara Federal de Mar del Plata, por mayoría, hizo lugar a un recurso de apelación contra una decisión de un juez de primera instancia que había avalado el pedido de una pareja para que la AFIP los habilite a adquirir dólares, que pretendían utilizar a la compra de un inmueble.
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Según informa el Centro de Información Judicial, el tribunal consideró improcedente la acción de amparo presentada por los demandantes y revocó el fallo del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata, a cargo de Alfredo López, quien había ordenado a la AFIP que autorice la venta de la divisa.
Entre las consideraciones esgrimidas por los jueces que revocaron el fallo, Alejandro Tazza y Mario Serrano, expresaron que el amparo "no es la vía apta para resolver la presente controversia". El voto minoritario estuvo a cargo de Jorge Ferro.
Y explicaron: "Es que no basta con invocar el derecho a disponer de la propiedad, o el derecho a la libertad individual, o el acceso a la vivienda digna, tal como se expresa en la demanda pues, en sí, ninguna de las normas cuestionadas han impedido o restringido la vigencia de esos derechos, ya que el dinero obtenido y en poder de los actores no ha sufrido ninguna restricción ya que esa suma de dinero puede ser utilizada perfectamente por los amparistas, al igual que su libertad individual respecto de ella; y lo propio acontece con el derecho a la vivienda digna, que ninguna autoridad se lo ha impedido."
"Eventualmente, quien no habría aceptado dicha suma en concepto de pago de la propiedad, sería el supuesto o futuro vendedor de la misma, que habría exigido una suma en dólares y se habría negado a convertirlos al cambio oficial. Pero nada de ello se encuentra acreditado en el expediente, y -de ser así- el conflicto estaría suscitado entre la parte compradora y la vendedora respecto del monto de conversión, lo que tornaría a la presente controversia en una de naturaleza estrictamente patrimonial, que también resultaría ajena a las previsiones de la acción de amparo", agrega el fallo.
Los magistrados consideraron que la AFIP obró "conforme las facultades de fiscalización y control asignadas por la normativa vigente y la autoridad de aplicación, esto es el BCRA, quien fija la política monetaria y cambiaria de la Nación".
"Del modo como se han planteado las cuestiones en el subjudice, más que un derecho a la libre disposición de las sumas de dinero -que, reitero no ha sido objeto de restricción por parte de la autoridad administrativa- parecería que se quisiera consagrar un derecho a la compra de moneda extranjera, situación no amparada en forma expresa por nuestra Constitución Nacional", sostiene la resolución.
• El caso
A principios de agosto, el juez federal Alfredo López hizo lugar al amparo presentado por una pareja y le ordenó a la AFIP que los autorice a comprar dólares para adquirir una vivienda, mientras que declaró "la inaplicabilidad de las restricciones a las operaciones cambiarias" en este caso en particular.
La pareja inició la acción de amparo luego de que se les negara la autorización para adquirir u$s 16.000 para completar el pago de una vivienda, para la cual había adquirido créditos bancarios y contaban con ahorros personales.
"Nos encontramos ante un supuesto de adquisición de divisas extranjeras para la compraventa de un inmueble destinado a vivienda y cuya autorización fue denegada bajo el único fundamento de 'inconsistente'. Negativa que fue emitida por el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias y que ni siquiera cumple con los requisitos propios de un acto administrativo", señala el fallo.
Según informó el Centro de Información Judicial (CIJ), "el juez dispuso que se le otorgue en forma inmediata la correspondiente autorización a la pareja para la adquisición de las sumas necesarias de dólares estadounidense para la compra de un inmueble, siempre y cuando se encuentre regularizada la situación fiscal de los amparistas".
"En caso de no ser así, deberá emitir resolución debidamente fundada y conforme a derecho en ese sentido, en tiempo real o en el término de un (1) día hábil si la complejidad del caso así lo exigiere, explicitando los motivos de su pronunciamiento y los parámetros empleados", agregó el magistrado.
López es el mismo juez que no autorizó a un hombre a comprar u$s 10 que le había prometido a sus dos nietos como regales, pero que posteriormente le solicitó a la AFIP que justifique los motivos de no permitir la adquisición de la divisa estadounidense a un hombre que pretendía viajar al exterior y un jubilado que cobra sus haberes retroactivos.
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