28 de julio 2022 - 15:33

Empleados de comercio: cuánto cobrarán en agosto

El sindicato y los empresarios del sector pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas. Un porcentaje de ese total se abonará el siguiente mes.

Empleada de comercio.

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NEA HOY

Los empleados de comercio lograron un aumento salarial del 59,5%. Desde abril, se abona en siete tramos, en el marco del acuerdo paritario que firmaron con los empresarios del sector. Y en agosto se abonará un 10% de ese total.

Las partes pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas, a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para marzo de 2022, con todos los aumentos oportunamente acordados.

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Empleada de comercio.

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El incremento del 59,5% se abona en su valor nominal y no acumulativamente, en siete tramos: 6% en abril, 6% en mayo, 6% en junio, 10% en agosto, 10% en septiembre, 11% en noviembre y 10,5% en enero de 2023.

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El acuerdo fue rubricado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS).

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, "sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en enero de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido", informaron desde el sector empresario.

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Los aumentos estipulados no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación, explicaron.

Asimismo, dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por Ley 27.541, y en especial atención a la situación motivada por la pandemia, empresarios y sindicalistas acordaron un aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $600 mensuales por cada trabajador.

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