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14 de abril 2003 - 00:00

Seguros: flexibilizan normas para invertir

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«Por haber cumplido con las normas, varias aseguradoras perdieron, resultando ser paradójicamente irresponsables en el manejo de las inversiones», sostuvo
Para el sector asegurador el cambio de normativa «limpia de responsabilidad al organismo fiscalizador, pero reconocen que los lineamientos son coherentes con la realidad del mercado.

«La eliminación de máximos y mínimos por un esquema de mayor control de la compañía sirve más a las aseguradoras de vida y de retiro que a las que operan en patrimoniales», explica un ejecutivo referente del mercado. Como uno de los cambios implica un flujo mayor de información y reportes hacia la Superintendencia, las compañías patrimoniales han mostrado su descontento. Quizá las más congraciadas con los cambios son las de vida y retiro donde las inversiones son clave en la génesis del negocio. Porque ahora podrán calzar sus productos financieros con las inversiones. Por ejemplo, hay compañías que venden seguros donde capitalizan los ahorros en un fondo de inversión especializado en algún mercado o instrumento (bonos, acciones o plazos fijos). Ahora podrán invertir de acuerdo al tipo de fondo que comercializan y no restringirse a un menú regulado.





Las normas tendrán en cuenta la naturaleza de las obligaciones y la moneda en que fueron asumidas, los plazos de exigibilidad y el nivel de liquidez. Determinarán los activos exigibles para realizar colocaciones y la proporcionalidad que deberán guardar los máximos de inversión por tipo y especie. Se tendrá en cuenta el patrimonio neto de la aseguradora, del banco que recibe depósitos y de las empresas que emiten deuda.

Sólo se permitirán inversiones en empresas vinculadas, controladas, controlantes o pertenecientes al mismo grupo económico hasta 20% del capital a acreditar, o 20% del total de las inversiones, el mayor.

Las normas deberán estipular que el total de inversiones en el exterior no podrá exceder 50% del capital a acreditar.

Al respecto la Superintendencia no podrá autorizar excepciones a este límite.

Para las inversiones locales se exigirá como mínimo una calificación de riesgo de «BBB».

Otro tema hurticante es el de la custodia de las inversiones. Las aseguradoras les deben hacer saber a los bancos que están obligados a dar información a la Superintendencia.

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