El ministro de Economía, Sergio Massa firmó con el gobierno de los Estados Unidos este lunes el acuerdo de intercambio de información que le permitirá acceder de manera automática a los datos de cuentas bancarias y de inversión financiera de argentinos no declaradas en el país del norte.
Todo lo que tenés que saber del acuerdo de intercambio de información con EEUU
Abarcará a personas físicas y jurídicas y por cualquier monto.
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El cruce de información no tendrá umbral (en algún momento se especuló con que sería para las cuentas a partir de u$s 50.000) y abarcará tanto a personas físicas como jurídicas, según precisaron fuentes oficiales a Ámbito. La decisión no requiere aprobación parlamentaria, no será tratada ni por el Congreso nacional ni por el estadounidense.
En paralelo, el ministerio de Economía se encuentra elaborando un nuevo proyecto de blanqueo orientado a que los fondos que se declaren se destinen a la inversión productiva, particularmente la construcción.
La iniciativa tomará como base un proyecto del senador Oscar Parrilli que cuenta con media sanción de la Cámara Alta (constitución de un fondo para pagar al FMI con los dólares fugados del país). La intención de la conducción económica es remitir su iniciativa sobre fin de año para que sea tratada en las sesiones extraordinarias del Congreso.
Cabe recordar que en la actualidad están vigentes dos blanqueos, uno para los fondos que se destinen a la construcción y recientemente, con la sanción de la ley de presupuesto, se abrió la posibilidad de regularizar dólares con destino a importaciones.
Automático
Hasta el momento, señalan los especialistas, si la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) busca determinar si un argentino tiene una cuenta en los Estados Unidos, debe solicitar esa información mediante el requerimiento de un juez.
Además, el organismo recaudador debe efectuar la consulta de manera precisa como, por caso, si determinado contribuyente es titular de la cuenta número tal en un banco específico. Es decir, no tiene la capacidad de “tirar con perdigones” y, por ejemplo, preguntar qué cuentas tiene ese contribuyente en el sistema bancario estadounidense.
El acuerdo abrirá un canal de intercambio de información fiscal automático entre ambos países, según señalan en el Palacio de Hacienda.
Los Estados Unidos cruzan información con otros países a través de acuerdos intergubernamentales (IGA, por Intergovernmental Agreement en su expresión en inglés) que son habilitados por la ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras.
A esta norma se la conoce por sus siglas en inglés: FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) y apunta a identificar a los estadounidenses que evaden impuestos. Es decir, su objetivo es combatir la evasión fiscal de inversiones en el extranjero por parte de residentes y ciudadanos de los Estados Unidos.
Ya en el pasado se intentó firmar este tipo de acuerdo con los EE.UU., pero no fue posible debido a que los sistemas de la AFIP no estaban en condiciones de cumplir con las estrictas normas de seguridad que demandan los norteamericanos. Ahora el entendimiento es posible porque el organismo recaudador se ha adecuado en este sentido, precisaron fuentes oficiales a Ámbito.
“El mundo se está moviendo hacia la transparencia fiscal y hacia los intercambios de información entre los fiscos. La tecnología, Internet y la globalización generaron que hoy el capital fluya de manera sencilla, rápida y segura por todo el mundo como si no existieran fronteras, con lo cual, es prácticamente un hecho también, que los intercambios de información entre países se van a dar más temprano que tarde”, señala un informe publicado en el newsletter Aller&Co. News Report.
Esta publicación también señala que “en caso de seguir el Modelo 1 de la Ley FATCA, que es el mismo que Estados Unidos tiene con Colombia, lo cual sería lo más razonable, anualmente el organismo fiscal norteamericano (IRS) deberá informar a Argentina sobre las Cuentas Reportables Argentinas, definidas como Cuentas Financieras mantenidas en instituciones financieras de USA, cualquiera sea su tipo, y cuyos titulares sean residentes argentinos”.
El IRS brindará a su par argentino, la AFIP, la siguiente información:
- Datos personales de la persona identificada como “holder” o titular.
- El número de cuenta y el nombre del banco.
- El monto pagado en concepto de intereses, dividendos u otros ingresos pasivos.
Si bien no se informará el capital, o sea los saldos de dichas cuentas o inversiones financieras, lo cual podría afectar al impuesto de Bienes Personales, “la realidad es que la AFIP podría deducirlos a partir de los intereses informados”.
Cabe recordar además que la Argentina forma parte del tratado multilateral de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) por el cual todos los países que se encuentran en ese tratado ofrecen intercambio automático de información (Common Reporting Standard), con la excepción de los Estados Unidos.
Por este acuerdo, los miembros de la OCDE comparten datos de cuentas bancarias y de inversión a nombre de personas físicas y jurídicas.
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