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13 de agosto 2021 - 11:51

Barrios privados y consorcios podrán tener servicios comunes de internet y cable

La actualización se aplicará para nuevas construcciones, al tiempo que habilita a los consorcios a adaptarse a la nueva reglamentación.

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El nuevo reglamento de infraestructura comunes para servicios de tecnologías y comunicaciones (TIC) permitirá que los habitantes de un nuevo edificio o barrio privado tengan acceso a diversidad de prestadores.

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Tras la resolución 292 de la Secretaría de Innovación Pública dependiente de la Jefatura de Gabinete, publicada hoy en el Boletín Oficial, se actualizó el reglamento que no contaba con modificaciones en los últimos 20 años.

El objetivo de la norma es "que no se pueda impedir la competencia en barrios privados ni consorcios; dar la posibilidad de que cada propietario pueda elegir el prestador que quiere contratar y que se garantice que todos se puedan conectar en edificios y conglomerados", indicó a Télam la secretaria de Innovación Pública, Micaela Sánchez Malcom.

"Con esta nueva normativa deberá existir un cable de fibra óptica desde la vivienda a la caja del edificio o barrio cerrado para que allí puedan acceder varios prestadores y no sólo uno", difundió la Secretaría de Innovación Pública (SIP)

El reglamento prevé que "los prestadores de servicios TIC no podrán suscribir acuerdos de exclusividad con los propietarios o administradores de los inmuebles".

"Los avances en el sector de las comunicaciones permitieron el desarrollo de nuevas tecnologías, que permiten ofrecer servicios más rápidos y fiables", por lo cual "resulta necesario disponer de infraestructuras comunes en edificios o barrios cerrados que garanticen a los clientes el derecho de optar entre los servicios ofrecidos por distintos operadores", indicaron desde la SIP .

La adecuación del reglamento "se adecua" a la "nueva realidad de la industria TIC, enmarcada en la convergencia tecnológica y en la declaración de Internet y la televisión paga como servicios públicos en competencia a partir del DNU 690/2020".

Con la medida vigente hasta ahora, en los "últimos 20 años se produjo el avance masivo de servicios en donde los operadores sellaban contratos de exclusividad en edificios, impidiendo el ingreso de otros licenciatarios para brindar los mismos servicios", indicó la SIP.

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