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Abren primera causa contra ley de cautelares
Hasta ahora, la Justicia había rechazado dos acciones por supuesta inconstitucionalidad: una del abogado Andrés Gil Domínguez, en contra de las leyes de cautelares y de reforma del Consejo de la Magistratura, y otra del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, respecto de la regulación de los amparos. La entidad ambientalista tuvo mejor suerte y ayer fue notificada de la apertura del trámite. De este modo, cualquier nueva acción de inconstitucionalidad se le deberá acoplar.
El juzgado 6 en lo Contencioso Administrativo federal, a cargo de Enrique Lavié Pico, abrió el miércoles el expediente 16.513/13 caratulado "Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia contra Estado nacional sobre amparo" y de inmediato rechazó hacer lugar a una medida cautelar que apuntaba a evitar la puesta en vigencia de la ley. Y le dio al Gobierno cinco días para contestar la demanda.
El 25 de abril el Congreso aprobó la Ley 26.854 que impide la extensión indeterminada de las cautelares, excepto en cuestiones que pudieran afectar la vida, la salud, el medio ambiente o a sectores vulnerables.
El abogado Mariano Aguilar, presidente de la entidad denunciante, le dijo a este diario que "lo importante fue que el juez abriera la causa por entender que había verosimilitud de derecho" en la demanda. "Cuestionamos en lo esencial los artículos de la ley mediante los cuales el Estado queda con la posibilidad de apelar y suspender medidas y de este modo garantiza una supremacía por encima de los ciudadanos", explicó.
Para Aguilar, las acciones de amparo "están regladas en el artículo 43 de la Constitución" y a su juicio, cualquier limitación "dejaría indefenso al ciudadano". "También objetamos la limitación del tiempo de las cautelares. Nadie puede calcular cuánto va a durar una causa, y si con esta norma la cautelar se cae a los seis meses, la otra parte, que puede ser el Estado, hará lo que quiera", advirtió.
En el mismo fuero Contencioso Administrativo, la jueza Alejandra Biotti había rechazado "in límine" una "acción declarativa de certeza" respecto de la misma norma presentada por el Colegio de Abogados, por entender que la entidad no había acreditado un perjuicio.
Aunque en el texto aprobado por el Congreso fueron exceptuados los casos de afectaciones al medio ambiente, Aguilar dijo haber hecho la presentación en carácter de "persona jurídica" de su asociación, y por lo tanto sujeta a eventuales daños por la limitación de las cautelares.

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