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AFIP reglamentó pago del 5% para el turismo
Asimismo, la normativa modifica a la Resolución General 3.819 del 17 de diciembre pasado en la que se estableció el régimen "en atención a las inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector involucrado", con el objetivo de "facilitar la aplicación del régimen". En ese sentido, detalla que serán pasibles de la percepción los sujetos residentes o radicados en el país que adquieran los servicios. Por otra parte, respecto al pago en moneda extranjera, el régimen estableció que "deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda local, aplicando el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de la operación".

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