• LO INFORMÓ LA AFIP A REPRESENTANTES DE DISTINTAS ENTIDADES PROFESIONALES Para los próximos vencimientos, la AFIP dispuso que en el primero de los casos se deberá efectuar vía web, y seguirá como aplicativo en el segundo.
La declaración jurada de Bienes Personales se deberá efectuar vía web y la del Impuesto a las Ganancias se mantendrá mediante aplicativo, como en vencimientos anteriores, según se confirmó en una reunión llevada a cabo en la AFIP con representantes de distintas entidades profesionales en la Subdirección General de Servicios al Contribuyente.
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Del encuentro participó la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, que ratificó la información en su página web. Allí se dieron algunas precisiones acerca de las presentaciones para los vencimientos de personas físicas y sucesiones indivisas estipulados para junio próximo y que según se desprende de la información las autoridades fiscales no prevén postergar. Habrá que esperar mayor cercanía a los vencimientos porque las fechas en que se estima poner a disposición el servicio web y las nuevas versiones de los aplicativos indicarían la necesidad de alguna flexibilidad.
Para las declaraciones juradas determinativas habrá que tener en cuenta que el nuevo servicio Bienes Personales WEB deberán utilizarlo las personas físicas que se acogieron al Sinceramiento Fiscal. Dicho servicio estará disponible a partir del 29/05/17 en el sitio web de la AFIP, que conduce Alberto Abad. Pero aquellas que no blanquearon deberán hacerlo mediante una nueva versión del aplicativo que corre bajo plataforma SIAP, es decir como hasta ahora, aunque tendrán la opción de efectuarla mediante la web. La nueva versión del aplicativo se pondrá a disposición de los contribuyentes a partir del próximo 15.
Cabe recordar que los contribuyentes cumplidores quedan exentos del pago del Impuesto sobre los Bienes Personales, pero igualmente deberán presentar las declaraciones juradas determinativas, motivo por el cual la nueva versión contendrá una marca que hará que el impuesto determinado no se traslade al ítem impuesto a pagar (aplicación de exención subjetiva). Con relación al Impuesto a las Ganancias, a partir del 15 se pondrá a disposición de los sujetos una nueva versión del aplicativo (bajo SIAP)
Por otra parte, para las personas físicas, que se encuentren obligados a presentar las declaraciones juradas informativas patrimoniales y de rentas, por ejemplo un trabajador en relación de dependencia que obtiene ingresos iguales o superiores a los $ 500.000, deberán presentar del siguiente modo:
Situación patrimonial: si sinceraron, mediante el servicio web de Bienes Personales; caso contrario, a través de la nueva versión del aplicativo (SIAP) aunque pueden optar por el servicio web.
Ingresos y deducciones: Podrán efectuarla por medio de la nueva versión del aplicativo (SIAP) que estará disponible a partir del 15 ó del nuevo servicio "Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas", a partir del 12/6/17.
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