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Cambian ROE blancos por declaraciones juradas
De este modo la burocracia continúa, ya que la resolución publicada indica que "la DJVEL se presentará en la Mesa de Entradas de la Ucesci, o la que en un futuro indique el Ministerio de Agroindustria (Minagro)".
"Juntamente con la DJVEL, los operadores deberán adjuntar el Documento Aduanero de Exportación (Destinación de Exportación) respectivo", alertó el sitio Valor Soja.
Admisión
Para la admisibilidad de la DJVEL, las autoridades de la Ucesci realizarán "dentro del plazo de tres días hábiles posteriores a su presentación" los siguientes controles: validez y vigencia de la inscripción en los registros del Minagro y en el registro de exportador de la Dirección General de Aduanas. También la "verificación de las matrículas y/o habilitaciones de todos los intervinientes de la cadena de exportación" y de la oficialización en el Sistema María de la AFIP del Documento Aduanero de Exportación, entre otras averiguaciones.
Una vez realizado el control, "se ejecutará la transacción informática en el Sistema Informático María que habilite el cambio de estado de la destinación de exportación", señala la norma vigente desde este miércoles. En caso de observarse discrepancias o anomalías en el formulario de la DJVEL, se informará al exportador que ésta no cumple con los requisitos para su registro, añade. La Dirección General de Aduanas únicamente dará curso a aquellas operaciones de exportación que cuenten con la DJVEL debidamente registrada por la Ucesci.


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