21 de diciembre 2012 - 00:00

Cambios de AFIP para los importadores

La AFIP sumó nuevas operaciones a la ventanilla única de comercio exterior, que simplifica los trámites de los importadores. La Resolución General 3.417, publicada ayer en el Boletín Oficial, establece que la ventanilla única se podrá utilizar para el pago de deudas financieras al exterior, «originadas en compras de mercancías no ingresadas al país y vendidas a terceros países». También para el pago de intereses por deudas, y de utilidades y dividendos remitidos al exterior.

En el artículo 8 se precisa que la norma entra en vigencia el 1 de febrero próximo, aunque «sus disposiciones serán también aplicables a las operaciones concertadas con anterioridad, respecto de las cuales existan pagos al exterior pendientes a dicha fecha».

La ventanilla única electrónica del comercio exterior tiene la finalidad de integrar la gestión de los distintos organismos que intervienen en la tramitación de las operaciones de comercio exterior. La nueva resolución incorpora al sistema la información correspondiente a pagos al exterior relacionados con el régimen de courier, con deudas financieras originadas en compras de mercancías no ingresadas al país y vendidas a terceros países, y con rentas financieras, entre otros.

La información registrada en la «declaración anticipada de pagos al exterior» será puesta a disposición de los organismos que adhieran al mecanismo instaurado por la resolución, en función de su competencia en la materia y considerando la naturaleza de las operaciones u otras condiciones.

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