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Catamarca: frenan doble retención impositiva
El cuerpo, por unanimidad, aprobó la modificación del Código Tributario Provincial para evitar que los contribuyentes sufran una doble retención por el pago de Ingresos Brutos a la Administración General de Rentas.
La iniciativa del diputado Hugo Arge-rich (FpV) explica que en la práctica esta situación se da con los comerciantes que venden a través de tarjetas de crédito.
Detalle
Describió que un contribuyente del impuesto sobre los Ingresos Brutos efectúa ventas con tarjetas de crédito, luego la empresa titular le retiene sobre las operaciones realizadas el importe del impuesto contenido en las operaciones.
Tras esa retención, el monto neto de la operación es acreditado en la cuenta que el titular posee en algún banco, y este último le vuelve a efectuar una doble retención sobre dicho valor.
«Se realiza una doble retención, una por el sistema de tarjeta de cré-dito y otra por el banco; es la misma operación y no corresponde, porque se avanza en contra de uno de los principios básicos del derecho tributario que es la prohibición de la doble imposición», explicó y estimó que en cada operación se retiene al comerciante el 2,5 por ciento, lo que finalmente totaliza un 5 por ciento.
La propuesta aprobada, consiste en modificar el Código Tributario de la Provincia para establecer que «la Administración General de Rentas podrá imponer a terceros que actúen como agentes de información, retención y o percepción de tributos en los casos y en la forma que se determine, debiendo evitar la doble retención y/o percep-ción de las operaciones sujetas a las mismas».
El autor de la iniciativa explicó que «no se limitan facultades del fisco, se realiza una aclaración a la norma que continuará con idéntico espíritu, pero se le aclara que deberá evitar la doble retención».


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