El BCRA difundió un nuevo requerimiento informativo que deberán cumplir las empresas no financieras emisoras de tarjetas y otros proveedores no financieros de crédito que soliciten la inscripción por primera vez en el registro o cuya inscripción se encuentre en trámite. Puso así en funcionamiento lo dispuesto en la Comunicación A 5.593, que obligaba a las entidades financieras no reguladas por el BCRA (cooperativas, mutuales, prestamistas, tarjetas no bancarias y de comercios, etc.), a anotarse en un registro y adecuarse a los topes de tasas de interés que impuso sobre los créditos personales, prendarios y con tarjeta.
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