Con disidencia de Rosatti, revocó fallo de la Cámara del Trabajo que había elevado de manera injustificada el monto de una indemnización pese a ley que las estipula.
La Corte Suprema de Justicia, fiel a su estilo, resolvió sobre un caso judicial pero a la vez, bajó un mensaje político puertas adentro del Poder Judicial y teledirigido a la justicia laboral. El impacto de una resolución que solo tuvo la disidencia de Horacio Rosatti fue poner un freno a la decisión de los jueces laborales de incrementar los montos de las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
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Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, la Corte revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había incrementado "injustificadamente" el importe de la indemnización por accidente laboral fijado por la ley.
El caso que escaló fue una demanda iniciada por una viuda de un trabajador que accionó contra la compañía aseguradora. El Máximo Tribunal recordó que la ley establece que las indemnizaciones son tarifadas, es decir, que siempre deben determinarse empleando una fórmula matemática que toma en cuenta la edad que tenía el trabajador al momento del accidente y el salario que ganaba. Esto permite que la Ley de Riesgos del Trabajo otorgue una amplia protección a los trabajadores (amparándolos incluso en los casos de accidentes laborales provocados por su propia culpa y también cuando sufren accidentes en el trayecto entre su casa y el lugar de labor); y que las reparaciones previstas puedan ser adecuadamente cubiertas por las compañías aseguradoras que contratan las empresas sin que ello implique un costo laboral excesivo, afirmaron en el fallo.
La sentencia dinamitada fue la dictada por la Sala VII de la Cámara del Trabajo, firmado por el juez Néstor Rodríguez Brunengo y su par Estela Ferreirós, reconoció que por aplicación de la fórmula prevista en el artículo 15 de la Ley de Riesgos del Trabajo la indemnización ascendía a $ 435.103,50 (suma a la que debían agregarse los intereses devengados desde abril de 2011, fecha del accidente fatal). Pero, aduciendo que tal importe era insuficiente, estimó "justo" elevar la indemnización a $700.000.
La Corte revocó ese fallo señalando que, "mediante la sola invocación de principios genéricos vinculados con la equidad de la reparación y aludiendo a ciertas circunstancias relativas al trabajador fallecido, la Cámara había determinado la indemnización apartándose injustificadamente de la ley aplicable". Los acusó además de que con esta actitud, dilataron el pleito en el tiempo que forzará una nueva sentencia que se ajuste a lo que marcaba la ley. El tirón de orejas de la Corte se da en medio de la tensión con el fuero laboral y la Casa Rosada que ha reiterado que esos tribunales forman parte de un engranaje que impide las inversiones a través de la denominada industria del juicio.
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