23 de agosto 2012 - 00:00

Countries de pie

Julio Alak
Julio Alak
Julio Alak, ministro de Justicia, salió ayer a explicar que las reformas del nuevo Código Civil no amenazan a la situación de countries y barrios cerrados sino que, por el contrario, buscan asegurar su legalidad. Fue en diálogo con Chiche Gelblung por radio Mitre.

Julio Alak:
Me da una buena oportunidad para desmentir en forma absoluta que el proyecto del Código Civil y Comercial que se ha enviado al Congreso de la Nación, cuyo texto está colgado en internet, en la página del Senado, prevea en el capítulo de conjuntos inmobiliarios -y cualquier oyente puede acceder desde los artículos 2063 hasta 2086- ningún tipo de eliminación de las barreras arquitectónicas o que prevea cualquier modo de apertura de los barrios privados, porque sería la eliminación de los barrios privados. Lo que hace el proyecto, por el contrario, es la consolidación jurídica de los barrios privados y los countries en la Argentina, que no tenían una regulación desde el derecho civil y también del derecho público, específica.

Periodista: ¿Cuál es hoy la situación?

J.A.: En muchos casos una persona iba a comprar un lote de terreno a un barrio privado, a un country, y cuando firmaba el contrato de compraventa se encontraba que en realidad no había comprado un lote, sino que había comprado una porción de un condominio. O señaba, firmaba el boleto y cuando lo leía detenidamente se encontraba que había comprado una parte indivisa de una sociedad. ¿Por qué?, porque no existía el derecho real específico, se aplicaban las normas de propiedad horizontal. Todo esto generaba incertidumbre y angustia en la persona que había comprado un lote y había construido su vivienda. Ahora el Código Civil, que es la máxima norma que regula la relación entre particulares en la Argentina, legisla en un capítulo especial conjuntos inmobiliarios. O sea, lejos de levantar barreras arquitectónicas, el nuevo Código Civil y Comercial reconoce en un capítulo especial al conjunto inmobiliario. Y por otro lado algo más que se le sumó al Código Civil para darle más tranquilidad al comprador es el hecho de que deben estos barrios privados estar autorizados por la autoridad pública, por las provincias, por los que tienen la responsabilidad institucional del uso del suelo y los municipios.

P.: ¿Eso no ocurre hoy?

J.A.: Muchas veces hay emprendedores de buena fe que desarrollan el barrio privado en lugares que son habitables, pero hay otros de mala fe antes, ahora no tanto porque está más controlado, que desarrollaban los barrios privados por ejemplo en lugares inundables. Entonces una persona de buena fe decía, bueno, compro. Se enteraba, uh, al final compré una porción de la sociedad indivisa. Bueno, ya vas a escriturar, le decían, más adelante, o bueno, compré una parte de un condominio. Pero después, claro, construía su casa y se empezaba a inundar el lugar. Entonces para evitar eso, para evitar frustrar la buena fe de las personas lo que se estableció es que los barrios privados se tienen que instalar en los lugares en donde los municipios y las provincias determinan que son residenciales.

P.: Pero el diputado Agustín Rossi habló de terminar con los countries y barrios cerrados...

J.A.: Yo estuve presente en la sesión; Rossi no dijo eso, Rossi dijo en una reflexión que se hizo -porque fue una reunión de comisión que duró más de 5 horas- lo que analizan los libros de urbanismos, que hay dos modalidades de vida, de residencia. El espacio público que es la ciudad y el espacio privado, que son los barrios privados, y que deben convivir, no deben estar contrapuestos, y en eso es importante el rol de la autoridad local, de que el barrio privado no se instale en un lugar en donde se impida por ejemplo la continuación de las calles de la trama urbana de la ciudad, porque empieza a generar presión de los vecinos que de golpe ven que una calle se transformó, una calle pública se cerró, se cercó.

P.: Eso ha pasado...

J.A.: Yo recuerdo un caso de hace un tiempo que había un conflicto con un club en el conurbano bonaerense, de un club que tenía un desarrollo y los vecinos presionaban para pasar. Se dieron más que nada en la década del 90 cuando todavía no había normativa local incluso, no solamente civil. Se desarrollaban barrios en la trama urbana. Existen muchísimos barrios en la trama urbana, y eso genera una presión innecesaria porque quien vive ahí, tranquilamente, al barrio privado lo podría haber localizado a diez cuadras, a 15 cuadras, en donde no bloqueaba las calles de las ciudades, por ejemplo.

P.: ¿Existe ese proyecto en el Consejo de Planificación y Ordenamiento Territorial del que habló el diputado Rossi?

J.A.: Yo no tengo conocimiento del proyecto. Hay que ver a qué clase de restricción puede hacer referencia ese anteproyecto, pero yo no conozco el anteproyecto. Lo que sí le digo, que el perímetro que hoy tienen los barrios cerrados, de alambre, de cerco vivo, de muro, está absolutamente garantizada su existencia, su continuidad y aparte está regulada en el 2079. O sea se ha puesto en un artículo incluso, no se dejó librado a reglamentación. Es un artículo de la ley que cualquier vecino, cualquier oyente de esta radio puede ir al sitio de internet y leer el 2079, que dice cercos perimetrales, los regula y establece que va a ser así.

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