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Dólar: suben al 20% recargo al uso de tarjeta en exterior
La decisión surgió como respuesta a "irregularidades y conductas defraudatorias por parte de entidades financieras y agencias de turismo", fundamentó la AFIP. El incremento fue aplicado a través de la Resolución General 3.450 publicada ayer en el Boletín Oficial.
La decisión alcanza a las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen -mediante la utilización de internet- en moneda extranjera.
Además, se determinó que la suba del recargo desde el 15% hasta el 20% también alcance desde ayer a las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y minoristas- del país. También se incluyen "las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país", que regirá tanto para el pago con tarjetas como en efectivo.
La resolución fijó que "las percepciones que se practiquen por el presente régimen se considerarán, conforme la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta" de los impuestos sobre los Bienes Personales y a las Ganancias. Estableció también que "deberán actuar en carácter de agentes de percepción las entidades que efectúen los cobros de las liquidaciones a los usuarios de sistemas de tarjeta de crédito, débito o compra, las agencias de viajes y turismo mayoristas y minoristas y las empresas de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática que efectúen el cobro de los mismos".
La AFIP puntualizó que esta ampliación del régimen existente se debió a que se observaron "comportamientos defraudatorios en la tramitación de operaciones de sectores vinculados a la adquisición de moneda extranjera, principalmente con los códigos vinculados al turismo".
También indicó que "se detectaron serias irregularidades y conductas defraudatorias por parte de entidades financieras y cambiarias, en particular casas de cambio y agencias de turismo y viajes".
En conferencia de prensa, Echegaray señaló que se constataron operaciones concertadas de manera irregular por parte de entidades que funcionaban como verdaderos 'fugaductos' de moneda extranjera del mercado cambiario oficial que dieron origen a acciones judiciales por violación al régimen penal cambiario y a la normativa relativa al lavado de dinero".
Al respecto, precisó que "esta maniobra quedó constatada desde el momento en que uno solo de estos operadores pasó a concentrar más del 40% de las transacciones desarrolladas bajo los códigos de giro de divisas al exterior por turismo, situación que llevó a inhabilitar preventivamente, para el operador Alhec Group, el sistema de validación fiscal para estos conceptos".
Amplió que la casa de cambio señalada ayudaba a agencias de turismo y viajes a perfeccionar la fuga de divisas al exterior, concertando operaciones cambiarias que simulaban el pago de paquetes de turismo al exterior por adelantado de particulares que no terminaban viajando.
Del mismo modo, remarcó que resultó llamativa la conducta de la agencia Viajes Ecuador Argentina, que operaba bajo el nombre de fantasía Iberojet, que el mismo día en que la AFIP llevaba adelante los allanamientos ordenados por la Justicia, presentó y pidió su propia quiebra.
La AFIP destacó que en el marco de este régimen se procedió a la suspensión preventiva de CUIT de 15.984 contribuyentes que adquirieron moneda extranjera con destino turismo y que, en función a la información cruzada con la base de datos de migraciones, no viajaron al exterior, falseando deliberadamente su conducta.
Destacó el funcionario que "dentro de ese universo se detectó que 6.160 contri-buyentes tienen registrada al menos una propiedad a su nombre y que 6.228 poseen al menos un automóvil", en tanto que 12.506 registraron ingresos superiores a $ 50.000 al año.
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