23 de noviembre 2012 - 00:00

El artículo en polémica

La última modificación a la ley del mercado que el kirchnerismo introdujo en Diputados terminó haciendo estallar el acuerdo con la oposición:

Artículo 20.Inciso A. Solicitar informes y documentos, realizar investigaciones e inspecciones en las personas físicas y/o jurídicas sometidas a su fiscalización, citar a declarar, tomar declaración informativa y testimonial. Cuando, como resultado de los relevamientos efectuados, resulten vulnerados los intereses de los accionistas minoritarios y/o tenedores de títulos valores sujetos a oferta pública, la Comisión Nacional de Valores, según la gravedad del perjuicio que determine, podrá: I) designar veedores con facultad de veto de las resoluciones adoptadas por los órganos de administración de la entidad en cuestión, cuyas disposiciones serán recurribles en única instancia ante el presidente de la comisión; II) separar a los órganos de administración de la entidad en cuestión por un plazo máximo de 180 días hasta regularizar las deficiencias encontradas. Esta última medida será recurrible en única instancia ante el ministro de Economía y Finanzas Públicas.

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