Bruselas - La Justicia europea consideró que las empresas privadas pueden prohibir a sus empleadas el uso de velo islámico. La medida es legal siempre que las normas internas de indumentaria afecten a todos los símbolos religiosos, filosóficos o políticos y no sólo a las personas de una confesión en particular.
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Así lo estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), máxima instancia judicial comunitaria, que no consideró discriminatorio que una empresa belga despidiera a una recepcionista tras negarse a quitarse el velo.
El TJUE se pronunció en línea con las conclusiones presentadas por una abogada general de la Corte, que también razonó que es admisible prohibir el velo en una empresa cuando se enmarque dentro de una política de neutralidad religiosa.
La decisión de la Corte europea, criticada por Amnistía Internacional, que considera que la decisión judicial ofrece argumentos a las empresas para discriminar, alimenta un debate sobre el uso de prendas religiosas en el espacio público. Se trata de una polémica recurrente en la Unión Europea desde que Francia prohibió en 2004 en las escuelas el uso de todo símbolo religioso visible.
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