4 de mayo 2010 - 00:00

Exclusión del Monotributo

En un trabajo publicado el 23/2/10 en este diario, nos pronunciábamos en el sentido de que aquellos monotributistas que hubieran cumplimentado en el mes de enero de este año la recategorización, denunciando hacia el futuro una categoría superadora de las máximas vigentes al 31/12/09, actuaron conforme al derecho.

Así opinábamos con fundamento en los arts. 3° de la Ley N° 26.565 y 59 de la RG - AFIP- N° 2.746, norma ésta que dispuso que la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2009 debía llevarse a cabo considerando los nuevos parámetros (ingresos brutos, superficie afectada, energía eléctrica consumida y alquileres devengados) establecidos por el artículo 8° del Anexo.

Si bien tal resolución es de carácter general y cumplimiento obligatorio por parte de los contribuyentes, debe ser observada antes que por ningún otro, por quien la ha emitido. No parece ser ésta la postura de la AFIP por estos días, cuando deja trascender su desobediencia a aquélla (concretamente, al art. 59 antes citado), a través de un aviso dirigido a los responsables del Monotributo.

La claridad del art. 59 no admite artificios interpretativos. No obstante ello, si se pensara que pudiera entrar en conflicto con el art. 3° de la ley, el que establece que ésta surte efectos desde el 1/1/10, ello queda aventado a partir de una exégesis armonizante, de manera que ambas normas mantengan su vigor.

Bajo esta premisa, cabe razonar que el nuevo régimen del Monotributo se aplica a partir del 1/1/10, y que, por virtud del art. 59 de la RG 2.746, para la recategorización correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2009, que operó a posteriori del 1/1/10, debieron tenerse en cuenta los nuevos parámetros y sus valores. Caso contrario, si se ignorara la existencia de la citada disposición reglamentaria, se estará atentando contra una de las pautas interpretativas de mayor arraigo en la doctrina de la Corte nacional.

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