15 de febrero 2012 - 00:00

Fallo sobre escribanos

La Corte Suprema de la Nación prohibió a la provincia de Buenos Aires exigir el pago de un impuesto extra a los escribanos registrados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para intervenir en operaciones de compraventa de inmuebles en jurisdicción bonaerense.

El máximo tribunal dictó una medida cautelar por la cual ordenó a la provincia que se abstenga de reclamar y exigir a los notarios porteños el pago de la alícuota diferencial del cuarenta por mil establecida en el artículo 46, inciso b, apartado 7 de la Ley 14.333.

La medida, que se mantendrá hasta que se expida finalmente sobre la constitucionalidad de la creación del impuesto, fue dictada ante la demanda promovida por el Colegio de Escribanos.

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