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Fallo restituye hijas a padre
La pareja vivía en Corigliano Calabro, provincia de Cosenza, estaban casados desde julio de 2002, fruto de ese matrimonio hubo tres pequeñas. En 2008, la madre trajo a las menores al país para visitar al abuelo materno con la falsa excusa de que éste había sufrido un derrame cerebral. La madre nunca regresó a Europa y el papá inició una demanda.
"De los antecedentes fáctico-jurídicos referidos resulta ante todo que, al momento del desasimiento, la residencia habitual de las hijas estaba emplazada en la República Italiana, cuya normativa dotaba al padre de derechos relevantes en el orden Convencional", citó la Corte.
Y agrega el fallo: "Aun cuando la partida contó con la anuencia paterna, la estadía subsiguiente obedeció a la decisión inconsulta de la madre, quien no estaba autorizada para desplazar unilateralmente a las hijas comunes".

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