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Fin a duelo recalcitrante: ¿dónde se puede pagar?
Lo que está claro es que , más allá de cualquier resultado electoral, el Gobierno no dará giro alguno y no pagará a acreedores, en su gran mayoría fondos buitre. Hasta dirigentes de la oposición fueron muy cautos tras conocerse el fallo del viernes: el diputado Federico Pinedo, del PRO, por ejemplo, dijo que "la Corte Suprema de EE.UU. debe aceptar el caso y rever el fallo". Espanta votos avalar a los fondos buitre. Pero ni siquiera la oposición hace mención a los errores cometidos en la causa, el mantener la ley cerrojo, la subestimación del "pari passu" (los abogados de Cleary, Gottlieb, Steen and Hamilton jamás imaginaron que Thomas Griesa iba a igualar a bonistas que aceptaron el canje con los que no lo hicieron) y el discurso oficial anticipando que no se va a acatar el fallo de la Justicia de EE.UU. (lo que gatilló medidas contra agentes de pago). Los caminos, salvo milagrosa intervención de la Corte Suprema norteamericana, conducen a un redireccionamiento de los pagos que se deben efectuar en Nueva York. Esto ya estaba ideado el año pasado, cuando el juez Thomas Griesa había emplazado al país a pagarles a fondos buitre en diciembre, obligando a los agentes de pago a retener fondos a tal fin. El 28 de noviembre de 2012 la Cámara de Apelaciones suspendió la aplicación de la resolución de Griesa. El Gobierno archivó ese mecanismo de pago alternativo: se ofrecería pagar en Buenos Aires en dólares a los que tienen papeles con legislación en Nueva York. Hay quienes sugieren incluso incluir la alternativa de pagar en euros en Europa. Se definirá en su momento.
Los mercados financieros no se desplomaron con la noticia. La habían anticipado. Que el riesgo-país de la Argentina se ubique por encima de los mil puntos lo reflejaba. Y que un papel con legislación argentina sea menos riesgoso, y rinda menos por ende, a inversores que un papel con legislación en Nueva York también lo reflejaba (no era porque la Justicia local sea más confiable que la de EE.UU. precisamente). Y el margen de tiempo adicional otorgado hasta la definición de la Corte Suprema de EE.UU. fue una bendición para este duelo entre dos partes recalcitrantes.


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