13 de octubre 2017 - 23:18

Gils Carbó procesada por fraude; Gobierno espera

Se trata del inmueble de la calle Perón 667 por el que se pagaron $43 millones. La defensa de la Procuradora tildó el delito de “imaginario”.

Administración fraudulenta. Es el delito por el que el juez procesó a la procuradora Alejandra Gils Carbó y la embargó por $7 millones.
Administración fraudulenta. Es el delito por el que el juez procesó a la procuradora Alejandra Gils Carbó y la embargó por $7 millones.
El juez federal Julián Ercolini dictó el procesamiento de la Procuradora General de la Nación Alejandra Gils Carbó en el marco de la causa en la que se investigan irregularidades en la adquisición de un edificio para la Procuración por más de 43 millones de pesos.

En la resolución de 211 carillas, el juez consideró a Gils Carbó como "coautora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública" y además le trabó un embargo por 7 millones de pesos.

El fallo da cuenta de la supuesta existencia de "un complejo plan orientado a adquirir directamente" para el ministerio público fiscal, el edificio de la calle Perón 667, bajo la "simulación engañosa de una licitación pública". En su resolución, Ercolini advierte sobre "acciones ardidosas" de Gils Carbó y otros cuatro procesados.

Para el juez "existen pruebas suficientes para afirmar, con el grado de probabilidad requerido" que "Alejandra Magdalena Gils Carbó Procuradora General de la Nación y Guillermo Alfredo Bellingi Subdirector General del mismo organismo violando consciente y voluntariamente los deberes atinentes a sus cargos, previo acuerdo con ejecutivos de Arfinsa Argentina Financiera S.A. en particular con Adrián Marcelo González Fischer, en forma directa o a través de intermediarios idearon y llevaron a cabo un complejo plan orientado a adquirir directamente para el Ministerio Público Fiscal, bajo la simulación engañosa de una licitación pública, el edificio ubicado en la calle Teniente Juan Domingo Perón 667 de la Ciudad de Buenos Aires".

"Los actos de ejecución de la maniobra desarrollada, enmarcada en la administración y cuidado de bienes pecuniarios pertenecientes al Estado, habría sido realizada cuanto menos entre el 17 de diciembre de 2012 y el 15 de julio de 2013, mediante distintas acciones ardidosas; con la intervención dolosa de diversas personas, con roles diferenciados; con abuso de poder; con aprovechamiento de los canales administrativos; con la utilización instrumental de funcionarios del organismo ajenos al plan; con personas insertadas con calidad simulada; con otras interpuestas para apariencia de empresa o negociación; y valiéndose de otras formas engañosas orientadas a hacer aparecer como legítima la licitación pública que llevó a la adquisición del inmueble y los actos de administración que la rodearon", describió el juez la maniobra", sostuvo el juez.

Asimismo, el magistrado resaltó que "se encuentra acreditado con el grado de probabilidad ya mencionado que, en el marco de la maniobra descripta precedentemente, Gils Carbó y Bellingi, en su condición de funcionarios públicos, con la intervención dolosa de Adrián Marcelo González Fischer, Bárbara Jaureguiberry y Juan Carlos Thill, se interesaron directamente, aprovechándose asimismo de personas interpuestas y también mediante la simulación deliberada de una licitación pública, en la compraventa del edificio, con miras a la obtención de beneficios personales".

La sospecha de la Justicia es que la licitación por la que se compró el edificio de la calle Perón 667 estaba digitada antes de ser pública, para que se beneficiaran los que iban a cobrar la comisión.

Gils Carbó y Guillermo Bellingi resultan coautores de la maniobra llevada a cabo, en tanto Adrián Marcelo González Fischer, Bárbara Jaureguiberry y Juan Carlos Thill intervinieron en ella con el carácter de partícipes necesarios, de acuerdo a la resolución..

Por su parte, el abogado defensor de la Procuradora León Carlos Arslanian afirmó en un comunicado que "la resolución judicial que dispuso el auto de procesamiento por un delito imaginario, no nos sorprende, pero sí nos produce estupor, porque se le adjudica una de las modalidades de la defraudación cuando, en realidad, no existió daño patrimonial alguno y sí, en cambio, beneficio para la administración pública al autorizar, la funcionaria, la compra de un inmueble para sede de su desempeño, en condiciones económicas, arquitectónicas y funcionales más favorables que cualquier otro, y por debajo de la tasación oficial".

Luego de sugerir que se trata de una resolución "política", Arslanián aseguró que en las próximas horas "se presentarán los recursos judiciales pertinentes".

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