23 de agosto 2013 - 00:00

Jubilaciones: Gils pide cuidar sistema

La procuradora general, Alejandra Gils Carbó, planteó la necesidad de tomar en cuenta la "sustentabilidad de todo el sistema" jubilatorio para resolver pleitos judiciales por reajuste de haberes. Lo hizo al dictaminar en contra de un fallo de la Cámara de la Seguridad Social que dispuso actualizar el componente de un haber jubilatorio y que ahora deberá resolver la Corte Suprema. El dictamen se conoció un día después de que el máximo tribunal declarase inconstitucional el tope de años de aportes previsto en la normativa vigente.

Para Gils Carbó, "la determinación del derecho de cada persona individual no puede prescindir de su impacto sobre el derecho de los restantes jubilados". Además, sostuvo que los jueces "no pueden disponer de los recursos previsionales mediante la resolución de casos particulares, prescindiendo de analizar su impacto en la sustentabilidad de todo el sistema".

El pronunciamiento de la jefa de los fiscales se basó en el caso "Quiroga, Carlos Alberto" contra ANSES para exigir el reajuste de la prestación básica universal, un componente del haber jubilatorio, entre febrero de 2002 y 2004. Sobre la prestación, Gils Carbó opinó que "tiene un fin eminentemente asistencial, por lo que no guarda relación directa con el haber en actividad", y agregó que el período del reclamo coincide con un momento de crisis económica que la Justicia no debería soslayar al momento de resolver el expediente.

Pero la procuradora fue más allá del análisis de la prestación básica reclamada. Dijo que "la solidaridad sobre la que se basa el sistema" requiere de los magistrados un estudio más amplio que el de cada caso en particular, por entender que un fallo "no puede prescindir de su impacto sobre el derecho de los restantes jubilados".

"No es posible soslayar las pautas fijadas por la autoridad de aplicación, que es quien debe determinar cuáles son los índices correspondientes que permiten resguardar los derechos de los jubilados, en forma generalizada y en condiciones de igualdad, con los recursos previsionales existentes", amplió. Y consideró arbitraria la resolución del tribunal de la Seguridad Social que había dispuesto aplicar en el expediente los mecanismos de ajuste automático fijados en los precedentes de la Corte "Badaro" y "Elliff".

Apuntó que aquellas decisiones del máximo tribunal fueron adoptadas "en un contexto normativo distinto, donde no regía una ley de movilidad que atendiera en condiciones de igualdad los derechos de todos los jubilados". Sin embargo, esos fallos tuvieron relación con casos en los que además de estar ausente la movilidad sólo había ajustes para jubilados que percibían el haber mínimo.

Además del caso Quiroga, la Corte tiene pendiente resolver sobre una demanda colectiva por reajuste de haberes presentada por la Defensoría de la Tercera Edad.

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