18 de junio 2014 - 00:00

La realidad sobre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad

Diego Bossio
Diego Bossio
En respuesta a la nota de opinión publicada por Santiago Urbiztondo y a los argumentos que utiliza para sustentar su análisis, surgen algunas consideraciones importantes sobre la naturaleza y objetivos del FGS, que sorprendentemente el economista jefe de FIEL pareciera desconocer y que es preciso abordar con mayor claridad conceptual. Los reportes periódicos que la ANSES presenta en su página web son una muestra de la política de transparencia en el manejo y la comunicación de la información referente al FGS; dando cuenta de la utilidad de los datos disponibles, el autor confirma el crecimiento (medido en pesos y en dólares) de los fondos que administra el FGS.

En cuanto a sus críticas, en primer lugar, el ejercicio que realiza Urbiztondo para estimar la rentabilidad, y su exhibición en la nota publicada carecen de referencias técnicas y de los supuestos utilizados: tal ejercicio es equívoco debido a que en la actualidad el sistema de reparto se financia en parte mediante aportes personales, los cuales en ningún caso podrían destinarse a formar parte del FGS. La situación que él describe pertenece a los sistemas de capitalización individual, administrados durante 14 años por empresas privadas que los llevaron a la crisis, y que por decisión de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner volvieron en 2008 a manos del Estado, fundamentando esa decisión en el artículo 14 bis de la Constitución nacional que ordena que la seguridad social sea otorgada por el Estado.

Financiamiento

El ejercicio propuesto, si bien aumentaría el valor del FGS, descapitalizaría los ingresos de ANSES tornando inviable el financiamiento del sistema previsional argentino, cuya cobertura es la mayor de América Latina. Esta trampa que el autor utiliza confunde al lector y muestra un rendimiento potencial que sería ilegal en el marco regulatorio existente desde 2008.

En segundo término, si la intención de Urbiztondo fue realizar una comparación homogénea, al seguir la dinámica de la composición de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones (FJP) del sistema de capitalización, hay que destacar la falta completa de rigor técnico al ausentar los catorce conceptos que se adicionaban a la recaudación por aportes y a la revalorización nominal, a los fines de calcular el valor de los FJP. En particular, llama la atención que el autor omita las comisiones que percibían las administradoras privadas, las cuales superaban el 40% del aporte personal. El director ejecutivo de ANSES, Diego Bossio, destacó en reiteradas oportunidades el ahorro, estimado en más de 35 mil millones de pesos, que se logró gracias a dejar de pagar las comisiones de "cuatro vivos" que decían dónde invertir los ahorros de los jubilados.

Por último, el autor sostiene que "[el valor real del FGS] es cuando menos dudoso una vez que se nota que más de dos tercios son deudas públicas -sumando títulos públicos y préstamos a empresas públicas-". Esta afirmación es inconsistente y carece de argumentos válidos ya que la normativa de valuación del FGS (la misma que la que la Superintendencia de AFJP aplicaba para valuar los activos que componían sus carteras) obliga a operar títulos valores con oferta pública en mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores. Adicionalmente, estas operaciones se realizan a precio y rendimientos de mercado a través de cinco bancos custodios de primera línea conforme disposiciones del BCRA, y establecen así un proceso de suscripción y liquidación totalmente transparente.

En conclusión, de acuerdo con los fundamentos utilizados por Urbiztondo, pareciera que desconoce u omite las leyes vigentes votadas por el Congreso nacional, al no hacer una clara diferenciación entre el sistema de reparto (con un fondo de reserva) vigente desde 2008, y el sistema de capitalización que existió en la Argentina desde 1994 a 2008.



(*) Subdirector ejecutivo de Operaciones del FGS (Fondo de Garantía de Sustentabilidad).

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