28 de noviembre 2013 - 00:00

Madrugada en el Senado para blindar códigos hasta 2014

El Senado tenía previsto sancionar la reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial hoy a la madrugada. El proyecto recién será debatido en Diputados en 2014 y su entrada en vigencia  tendrá lugar en 2016.
El Senado tenía previsto sancionar la reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial hoy a la madrugada. El proyecto recién será debatido en Diputados en 2014 y su entrada en vigencia tendrá lugar en 2016.
El Senado se encaminaba a votar hoy a la madrugada la reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial de la Nación en una maratónica sesión que comenzó ayer pasadas las 16. Será la despedida del año para esta iniciativa que recién sería debatida en la Cámara de Diputados a partir de marzo de 2014 para convertirla así en ley y asegurar la entrada en vigencia de este plexo normativo a partir de 2016.

Ayer el presidente de la Comisión Bicameral Especial del Código Civil y Comercial, Marcelo Fuentes, sostuvo en el recinto que el cuerpo legal que debate el Senado "no mira hacia afuera, sino hacia adentro de la Argentina". "Querían presentar a esta tarea como un capricho del Gobierno. El tratamiento de este Código es distinto al de (Dalmacio) Vélez Sarsfield: no miramos hacia afuera, sino hacia adentro", sostuvo el oficialista neuquino al iniciar el debate del Código en la Cámara alta.

Fuentes destacó que "esta reforma es el recupero del concepto de la libertad, de la diversidad y del derecho que tenemos a ejercer en plenitud nuestras posibilidades sin que haya una visión única".

El legislador aseguró que la discusión del nuevo código "ha generado picos de tensión", y afirmó que "el punto de conflicto" es "el tema de la responsabilidad del Estado", cuyo desarrollo legal se debatió anoche en la Cámara de Diputados en una ley aparte.

"Ésta no es una cuestión neutral", aseveró Fuentes, para luego agregar que "hay intereses de orden económico que se activaron en intensidad a partir del fallo de la constitucionalidad de la ley de medios".

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, realizado entre el Poder Ejecutivo, juristas y legisladores, que tuvo dictamen la semana pasada, consta de 2.671 artículos y entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2016. En el Senado, el nuevo Código cuenta con el respaldo del bloque del Frente para la Victoria y de sus aliados, así como de la peronista disidente Liliana Negre de Alonso, quien anunció su apoyo luego de que el oficialismo aceptara introducir un cambio en el artículo 19 de la nueva norma, referido al comienzo de la existencia humana en el momento de la concepción. Ese cambio generó que la oposición encabezada por el radicalismo, el FAP y el resto del peronismo disidente anunciara que se negaba a convalidar el dictamen, pese a que el propio Código aclara que la cuestión de las fertilizaciones in vitro será materia de una ley especial.

Lo mismo ocurrió con la decisión del oficialismo de quitar la denominada "responsabilidad del Estado" del texto del Código Civil y enviar un proyecto de ley en ese sentido a Diputados.

El oficialismo introdujo al proyecto original "el fortalecimiento de los derechos de los pueblos originarios; la delegación de la protección del embrión en una ley especial, la eliminación de la gestación por sustitución, de la fecundación post-mórtem y de la función social de la propiedad".

Se agrega además en el nuevo Código "la imprescriptibilidad para las acciones civiles derivadas de los delitos de lesa humanidad", y "se elimina el vínculo afectivo para la adopción y se estipula el plazo de 90 días para determinar la situación de adoptabilidad del niño". También se modifica el régimen de obligaciones tributarias y se otorga una mayor responsabilidad a la asamblea en la administración de los inmuebles denominados como PH.

Entre los puntos principales se destaca que "la existencia de la persona humana comienza con la concepción".

En cuanto a "fecundación", el Código establece "Reglas generales relativas a la filiación por técnicas de reproducción humana asistida" entre las que menciona el "Consentimiento en las técnicas de reproducción humana asistida", la "voluntad procreacional" y el "Derecho a la información de las personas nacidas por técnicas de reproducción asistida".

Cuestiones como la adopción poseen un exhaustivo capítulo en el Código que le introduce tres modificaciones sustanciales: la posibilidad de adoptar en el exterior; que puedan ser adoptantes personas solas o en un instituto creado por este Código que es el de la Unión Convivencial; y la opción de que los adoptados puedan conocer sus orígenes al acudir al expediente judicial y administrativo en el que se tramitó su adopción.

En cuanto a la Unión Convivencial, el Código se refiere a "la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo".

Finalmente, el nuevo cuerpo legal también legisla sobre cuestiones como deudas y acreedores.

En ese sentido, se mantuvo el artículo que establecía de facto la pesificación de las deudas. Se trata del artículo 765 que establece que "la obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda al momento de constitución de la obligación".

"Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal"
, determina el nuevo Código.

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