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Más control a granos y silobolsas
En el primer caso, la Resolución General 3.744 alcanza a los granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos) y legumbres secas (porotos, arvejas y lentejas). El nuevo mecanismo de transmisión electrónica de datos, ya en vigencia desde ayer, permitirá efectuar el seguimiento vía on line del proceso efectuado por los productores y operadores comerciales agrarios.
La AFIP destacó la necesidad de realizar modificaciones operativas y de control, así como la sistematización de procedimientos a través de la utilización de servicios informáticos. Los nuevos formularios de declaración jurada deberán incluir los datos de cabecera, del vendedor, del mercado, del comprador y, de corresponder, del corredor-vendedor y del corredor-comprador.
En cuanto al régimen informativo sobre silobolsas, la Resolución General 3.745 incluye a quienes fabriquen esos productos y los vendan a nombre propio, y a quienes los vendan a nombre propio "incluso por cuenta de terceros" en carácter de revendedores o intermediarios.
La obligación de informar será mensual e incluye las operaciones efectuadas durante el período comprendido entre los días 1 de octubre y 28 de febrero pasados, y deberá formalizarse hasta el próximo 30 de abril.
El organismo recaudador justificó la implementación del régimen en razón de optimizar las funciones fiscalizadoras e intensificar el uso de sistemas informáticos que faciliten a los contribuyentes y a los responsables el cumplimiento de sus obligaciones.


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