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Medios: fijan plazos para adecuar los contenidos
En los fundamentos, señala la resolución, se considera «necesario fijar el inicio de la efectiva vigencia del artículo, teniendo en cuenta para ello el servicio de comunicación audiovisual de que se trate». En el caso de los servicios con área de prestación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se fija el inicio el 1º de marzo de 2011; en ciudades con más de 600 mil habitantes, el 1º de abril; con menos de 600 mil, el 1º de mayo; y en el caso de ciudades con menos de 100 mil habitantes, el 1º de junio de 2011.
Asimismo, deja sin efecto para 2011, el tope del 50 por ciento de espacios informativos dentro del cálculo de la producción local, establecido en el artículo 65, inciso 2b del anexo del decreto 1225/2010 que reglamenta la ley 26.522.
En el último artículo, la resolución indica que las tres horas mínimas destinadas a la programación infantil, incluyendo el mínimo de producción nacional -establecido en el decreto reglamentario para la televisión abierta-, «deberán ser distribuidas equitativamente en dos medias jornadas diarias de transmisión».

