1 de abril 2016 - 00:00

Milagro Sala: confirman su detención

Jujuy - La Cámara de Apelaciones y Control del Poder Judicial de Jujuy rechazó un recurso de apelación presentado en favor de la kirchnerista Milagro Sala y confirmó la detención de la líder de la Tupac Amaru y diputada del Parlasur, privada de su libertad desde el 16 de enero último.

Con el rechazo de una presentación realizada por el abogado Luis Paz, defensor de Sala, la cámara confirmó "la resolución dictada por el juez de Control, Gastón Mercau, que en fecha 12 de febrero de 2016 no hizo lugar al cese de detención".

La decisión fue rubricada el pasado martes por los camaristas Gloria Portal de Albisetti, Néstor Paoloni y Humberto González.

El rechazo corresponde al expediente en el que Sala está imputada por presunta asociación ilícita, fraude a la administración pública y extorsión, por los que está detenida desde el 29 de enero, cuando ya llevaba dos semanas privada de su libertad por un acampe frente a la Casa de Gobierno.

"El juez de Control aplicó la ley en relación a los hechos denunciados en la causa y encuadrables en figuras de los tipos penales descriptos e imputados a Milagro Sala, aplicación con toda claridad del ordenamiento legal que no deja duda alguna sobre el razonamiento del juez", aseveraron.

Este argumento pretendió responder al planteo hecho en el recurso de apelación, según el cual "la detención fue dictada pura y exclusivamente fundada en denuncias" sin pruebas.

La resolución tampoco admitió el argumento de que "la pena que podría corresponderle en caso de ser sometida a juicio y resultar condenada no alcanzaría para mantenerla preventivamente detenida".

Portal de Albisetti sostuvo que "por los delitos que se le imputan la pena de ejecución condicional es de imposible configuración, pues en caso de considerarla culpable por tales delitos le correspondería una pena de 5 a 26 años de prisión".

Por su parte, Paoloni sostuvo que "en las disposiciones contenidas en el nuevo Código Procesal Penal (el cese de la detención) no es un derecho absoluto, sino que es facultativo de los jueces determinar las condiciones para conceder la condicionalidad de la libertad".

La resolución rechazó además el pedido de Paz de aplicar la doctrina de la Cámara Federal de Casación Penal en el sentido de que los procesados con prisión preventiva tienen derecho a gozar de libertad durante el proceso siempre que no entorpezcan la investigación ni haya peligro de fuga.

"No puede perderse de vista que Sala es cabeza del manejo de las cooperativas, de tal suerte que resulta lógico y razonable deducir que entorpecerá la investigación" en caso de ser liberada, replicó la cámara.

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