El Gobierno estableció un régimen legal para la protección y promoción de productos agrícolas y alimentarios que presenten características o cualidades diferenciales en razón de su origen geográfico, que incluyen tanto factores naturales como humanos.
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La presidente Cristina Fernández de Kirchner firmó el Decreto Nº 556/09 que reglamenta la Ley Nº 25.380 y su modificatoria Nº 25.966, lo que vuelve completamente operativa esta herramienta.
Desde el sector oficial calificaron la iniciativa «de suma importancia para las producciones nacionales localizadas y las economías regionales».
El régimen se encuentra, según un comunicado de la Secretaría de Agricultura, «en completa sintonía con lo solicitado por distintos gobiernos provinciales, y el impulso que el Estado está otorgando al valor agregado y al desarrollo regional».
La indicación geográfica (IG) es aquella que identifica un producto como originario del territorio de un país, o de una región o localidad cuando determinada calidad u otras características del producto sean atribuibles fundamentalmente a su origen geográfico.
Por otro lado, la denominación de origen (DO) corresponde al nombre de una región, provincia, departamento, distrito, localidad o área del territorio nacional debidamente registrado que sirve para designar un producto originario de ellos con el acento en los factores naturales y humanos.
La Secretaría de Agricultura -dirigida por Carlos Cheppi-, como autoridad de aplicación de la ley, realizó un relevamiento de 40 potenciales IG y DO. En la actualidad, analiza otras tantas entre las que se incluyen las presentaciones realizadas por las provincias de Neuquén, Córdoba, Chubut, Santa Cruz, Mendoza, Santa Fe, Tierra del Fuego y Buenos Aires.
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